Adjunto información fresca. Este link es el anteproyecto de ley que adjunto CalzoncilloMan que YA es proyecto de ley.
http://www.economiasostenible.gob.es/wp-content/uploads/2010/03/01_proyecto_ley_economia_sostenible.pdf
En el articulo 113 (pag 78) podemos ver la información que nos interesa, adjunto dos párrafos importantes a mi parecer:
"Los contribuyentes cuya base imponible sea superior a 17.724,90 euros anuales que hubieran adquirido su vivienda habitual con anterioridad a 1 de enero de 2011 o satisfecho cantidades con anterioridad a dicha fecha para la construcción de la misma, tendrán como base máxima de deducción respecto de dicha vivienda la establecida en el artículo 68.1.1º de esta ley en su redacción en vigor a 31 de diciembre de 2010, aún cuando su base imponible sea igual o superior a 24.107,20 euros anuales."
--> que se mantiene como el anteproyecto
"Igualmente, la base máxima de deducción será la prevista en el párrafo anterior respecto de las obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual, siempre que se hubieran satisfecho cantidades con anterioridad a 1 de enero de 2011 y las citadas obras estén terminadas antes de 1 de enero de 2015."
--> dice lo de los 4 años que comentó pilar1982
Conclusión: esto tiene muy buena pinta vecinos, en la televisión solo comentan lo más relevante, pero no las excepciones, y parece que en nuestro caso estamos dentro de una excepción y SI nos podremos desgravar.