Según el decreto 11/2001, la superficie de la plaza de garaje queda definida de la siguiente forma, palabras textuales:
1. Se entiende por superficie construida de la plaza de garaje la constituida por la superficie conformada por la delimitación de la propia plaza, más la parte proporcional de las superficies cerradas comunes que corresponden a viales de acceso y circulación, y a los espacios destinados a instalaciones, servicios y accesos que sean necesarios para un correcto uso y funcionamiento del garaje.
2. Se entiende por superficie útil de la plaza de garaje la constituida por la superficie conformada por la delimitación de la propia plaza, más la parte proporcional de las superficies útiles comunes que correspondan a viales de acceso y circulación.
Por otro lado si mal no recuerdo, la superficie útil de una plaza de garaje en ningún caso puede ser superior a 25 m2, creo que lo leí en el BOE pero no se especificaros donde exactamente. De modo que, según lo citado anteriormente, la plaza de garaje en sí, no es de 25 m2, sino que ahí también está incluida la parte proporcional de las zonas comunes. Lo mismo ocurre con los trasteros, no os penseis que tienen siete metros y pico cuadrados.
Para más exactitud, si alguno desea consultarlo el decreto mencionado figura en el B.O.C.M núm 26 del día 31 de Enero de 2001 y ha sido rectificado en algunos puntos por el decreto 45/2002 publicado en el B.O.C.M núm 71 del día 25 de Marzo de 2002.
Espero que os haya servido de aclaración.
Si me he confundido en algo, por favor rectificadme.
Saludos.