brocoli dijo:
Estás seguro que no puedes escriturar con tu pareja? o si no se puede hacer un contrato privado, no?
Según el reglamento: La renuncia del solicitante o cualquier miembro de la unidad
familiar a la vivienda adjudicada supondrá la renuncia total a la
misma, no admitiéndose en ningún caso renuncias parciales.
En la adjudicación en régimen de venta, el contrato privado
de compraventa y, en su caso, la escritura pública de compraventa,
se suscribirá a favor de todos los mayores de dieciocho años
que
concurran en la solicitud de vivienda .
El tema del contrato privado lo desconozco