bueno, leyendo el foro me va quedando un poco más claro el tema de las cuentas vivienda. Por lo que se ve, sólo se puede deducir como "inversión en vivienda" aquellos euros de la CAV que no se usaron en deducción como "aportación a cuentas vivienda", ¿no? Bueno, esa era una de mis dudas... Me queda claro que el tema funciona así.
Tengo otra. Se supone que la norma de las CAV dice que, llegado el momento, todo su contenido debe de usarse en comprar vivienda o reformar la habitual.
Supongamos un caso típico de 4 años ahorrando 9000, y habiendo desgravado cada uno de los 4 años por ese máximo, no quedando nada por desgravar. La CAV tiene 36000 euros. La EMVS pide 9000 de arranque, supongamos en 2009. Imaginemos que son los únicos 9000 que piden en 2009.
Entonces, esos 9000 salen de la CAV, con lo cual no se pueden deducir. En este caso, ¿cómo admite Hacienda que la cuenta vivienda "se ha cerrado bien, gastando todo en vivienda", si de los 36000 sólo ha visto salir 9000? ¿Se espera unos cuantos ejercicios más a ver cómo se vacía la CAV? Es decir, ¿esperaría a ver que por ejemplo en 2010 hubiera otros dos pagos, cada uno supongamos de 6500 euros? y aún así no se ha gastado todo... Igual la cuenta no se vacía hasta que entren las primeras cuotas hipotecarias.
Supongo que esto en realidad no funciona así... Bueno, a ver si alguno lo tenéis más claro que yo.