Soy de otra promoción de taller de gestión y tuvimos lio con el tema del prestamo cualificado. Depende de la situación de cada uno pero pienso que es un error acogerse a el mismo porque:
1º El tipo de interés es el del euribor corregido en una cantidad establecida en consejo de ministros cada año y no es tanta la diferencia. De hecho ha habido periodos en que estaba por encima del euribor.
2º El periodo de calificación de protección es el del prestamo promotor, por tanto si es de 30 años no lo podéis descalificar (vender al precio que os de la gana) hasta que pasen esos 30 años. Aunque todos nos metemos en esto por que queremos una casa para toda la vida, esta da muchas vueltas. Prefiero tener la posibilidad de descalificar a los 15 años.
3º Es un tipo de prestámo hipotecario destinado a familias númerosas, por lo que aunque para el préstamo al promotor os lo hubieran concedido, muchos luego no se hubieran podido subrrogar, sin embargo el régimen de protección sigue siendo el del prestamo (30 años por ejemplo).
Cada cual que piense lo que quiera pero eso es lo que dice la ley.
El paso que hemos sufrido como vosotros de antigua vivienda de proteccion de precio tasado a vivienda de protección de precio limitado ha sido por ley, si o si, con sus ventajas y desventajas. Sobre todo la desventaja del paso de descalificación de 7 a 15 años.
Lo de que se os pasen los 4 años en hacienda para escriturar la vivienda desde la primera vez que os desgrabasteis es normal, tendréis que presentar el justificante del retraso de la promotora, es decir la cooperativa.
Un saludo.