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albypal
18/01/2009 23:37

Prorroga aval

¿Es posible prorrogar el aval de forma indefinida?

1.100 lecturas | 1 respuestas
Repasando el aval que nos dio la caixa creo entender que existe la posibilidad de prorrogarlo de forma indefinida en periodos de tres a partir del 31 de diciembre del 2009.Concretamente pone:

"trascurrido el plazo indicado de 30 días naturales siguientes a las fechas indicadas en el punto 1.- sin que el beneficiario del presente aval haya efectuado la comunicación fehaciente el apartado 2.- el avalado dispondrá automáticamente de una prorroga de 3 meses para la iniciación de la obra o la terminación de la vivienda, según el caso, cuyo plazo se contara desde la respectiva fecha que corresponda de las pactados en el apartado 1.- vencido este nuevo plazo será de nuevo de aplicación lo establecido en el presente aval para su ejecución y prorroga"

Es decir, que si no se reclama en los 30 días siguientes al 31 de diciembre del 2009 se concede a Martinsa una prorroga automática de tres meses, cumplidos estos tres meses se dispone de nuevo de 30 días para reclamar la ejecución del aval, si no se reclama, de nuevo se da una prorroga automatica de tres meses, asi de forma indefinida.
Esta es mi interpretacion. Os pido vuestra opinion para ver si es posible o lo "flipo".
Si esto que digo es correcto estariamos protegidos hasta la entrega de las viviendas.
Un saludo para mis futuros vecinos y gracias a todos los del foro.


 
A
albypal
20/01/2009 22:36
Lo que quise decir es:

Repasando el aval que nos dio la caixa creo entender que existe la posibilidad de prorrogarlo de forma indefinida en periodos de tres meses a partir del 31 de diciembre del 2009.Concretamente pone:

"trascurrido el plazo indicado de 30 días naturales siguientes a las fechas indicadas en el punto 1.- sin que el beneficiario del presente aval haya efectuado la comunicación fehaciente el apartado 2.- el avalado dispondrá automáticamente de una prorroga de 3 meses para la iniciación de la obra o la terminación de la vivienda, según el caso, cuyo plazo se contara desde la respectiva fecha que corresponda de las pactados en el apartado 1.- vencido este nuevo plazo será de nuevo de aplicación lo establecido en el presente aval para su ejecución y prorroga"

Es decir, que si no se reclama en los 30 días siguientes al 31 de diciembre del 2009 se concede a Martinsa una prorroga automática de tres meses, cumplidos estos tres meses se dispone de nuevo de 30 días para reclamar la ejecución del aval, si no se reclama, de nuevo se da una prorroga automatica de tres meses, asi de forma indefinida.
Esta es mi interpretacion. Os pido vuestra opinion para ver si es posible o lo "flipo".
Si esto que digo es correcto estariamos protegidos por nuestro actual aval hasta la entrega de las viviendas aunque estas se entregen, como desgraciadamente puede ser posible, posteriormente al 31 de diciembre del 2009 .
Un saludo para mis futuros vecinos y gracias a todos los del foro.




 

Fin del hilo
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