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slewerentz
slewerentz
27/06/2010 17:09

Reducción IBI

¿Cómo solicitar la bonificación del IBI en vivienda protegida?

6.138 lecturas | 34 respuestas

Hola,

Tengo entendido que por ser vivienda protegida, tenemos 3 años con reducción del 50% en el IBI, pero hay que solicitarlo en plazo...Por lo que he leido en otro foro, hay que pedirlo en el Ayto y hay un plazo.

Por el momento he averiguado que hay que presentar en el registro:

a) Escrito de solicitud de la bonificación.
b) Fotocopia del certificado de Calificación Definitiva de Viviendas de Protección Oficial.
c) Fotocopia de la escritura o nota simple registral del inmueble. Si en la escritura no constara la referencia catastral del inmueble, deberá también aportar la fotocopia del último recibo emitido del Impuesto de Bienes Inmuebles.
d) Fotocopia del justificante de presentación del modelo 902 de alteración catastral, en caso de que en el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles no estuviera contemplado el valor de la construcción calificada de protección oficial o equiparables a ésta.
 

Lo que no sé es si sería posible que el Administrador se encargase de tramitar una solicitud conjunta para todos los pisos de la promoción. Alguno os podríais poner en contacto con él y ver si es posible? No tengo muy claro cuál es el plazo, y me daría mucha rabia perder esto por no llegar a tiempo.

Un saludo

 
RC18
RC18
20/04/2011 17:34

Hola,

Nosotros hemos recibido esta semana la carta del Ayuntamiento con la concesión de la reducción. Muchas gracias por los consejos, lo hice a última hora, menos mal, porque es una pasta.

Un saludo,

 
D
dekhart
23/12/2010 10:21

Hola.

Yo lo que hice constar es que me acogía a toda reducción a la que pudiera tener derecho por ley, para el impuesto del IBI.

No especifiqué años (no se si son 1,2 ó 3). Y por cierto, allí nadie me ayudó a nada. Hasta tuve que pedir impresos porque se habían acabado y los ordenanzas están muy ocupados charlando entre ellos.

 
Sema
Sema
22/12/2010 09:03

Hola ejsel,

En mi caso fui con la fotocopia y al entregarla me dijeron que no era necesario que ya las tenían ellos.

El motivo, me lo medio dictaron allí. Pero básicamente era indicar que era propietario de un VPPL desde tal fecha que solicitabas la reducción del IBI en los años que corresponda (3 años)

Te puedes empadronar allí mismo, en la segunda planta.

yo hice las dos cosas el mismo día

Saludos

 
E
ejsel
14/12/2010 13:31

Hola a todos, a mi se me habia pasado y al leerlo por aqui me he acercado esta mañana al ayuntamiento para que me informasen.

Lo que me han dado has sido un simple impreso de expone-solicita, en el cual entiendo yo, que hay que exponer que has adquirido una vivienda de proteccion, supongo que será conveniente detallar al maximo los detalles y como solicita pues el que concedan la reduccion del pago del IBI en los proximos tres años.

Si alguno de los que ya lo han entregado me pudiera informar de lo que ha detallado se lo agradeceria.

Tambien me han dicho que lo que hay que entregar es una fotocopia de la escritura, ya que como el IBI de este año lo hemos pagado con la compra de la vivienda, no tenemos el recibo.

En cuanto a lo del domicilio, supongo que como todavia no me he empadronado en el nuevo domicilio, tendre que poner en el que estoy ahora empadronado, no??

Si me podeis ayudar, os lo agradezco.

 
S
spfontan
08/12/2010 22:09

Esta nota es de recordatorio.

Antes de final de año deberéis presentar la solicitud de bonificación del 50% del IBI de vuestros pisos.

La semana pasada llamé al ayuntamiento y me dijeron que tenían la escritura global de toda la promoción, por lo que únicamente debemos presentar un escrito de solicitud.

Mañana por la mañana voy a ir a arreglarlo y os cuento por la tarde.

Son unas PELAS, y vale la pena.

 
S
SufjanStevens
27/09/2010 19:07

JNavarro, en el teléfono del ayuntamiento de colmenar viejo te informarán de todo: 918450053, aunque con la fotocopia íntegra de la escrituria vas al allí mismo y allí te indican el resto

 
J
JNavarro
23/09/2010 10:18

Ok,entonces podeis hacerme un resumen con todos los datos que tengo que saber para solicitarla,incluyendo sitio,telefono de contacto y papeleo.Un saludo y mil gracias de verdad

 
S
SufjanStevens
22/09/2010 19:28

Buenas,

A no me hcieron falta más papeles que la fotocopia de la escritura íntegra tal cual y el formulario relleno, que te lo dan allí en el ayuntamiento.

Y que yo sepa no hay que estar empadronado por lo menos durante el primer año.

Desde luego me sorprendió que fuese tan fácil

 
M
mdelgado
22/09/2010 17:35

Sobre los papeles que hay que llevar, acordaros de llevar la copia de la Calificacion Definitiva, que viene en el Libro de la Vivienda que nos entregó Martinsa.

Sobre la fotocopia de la Escritura, yo voy a entregar una copia sin más y en principio, no dicen nada de que sea compulsada.

Por cierto, el "formulario" que preguntáis donde está?? Es una hoja de solicitud que dan en el Ayuntamiento y que hay que rellenar a mano...

Saludos a todos,

 
M
mdelgado
22/09/2010 17:29

No hace falta estar empadronado, yo he estado hablando con el Ayuntamiento de Colmenar esta mañana y simplemente hay que indicar una direccion donde te vayan a enviar los correos...

El resto de los tramites se realizan sobre la vivienda y ademas tenemos 12 meses para ocupar la vivienda, por lo que para hacer este tramite no te podrian obligar a estar empadronado...

Un saludo,

 
J
JNavarro
22/09/2010 16:48

Solo una cosa,para la reducción esta del IBI es obligatorio esta empadronado??

 
S
sminguet
22/09/2010 10:10

hola,

yo pregunte en la oficina de la vivienda en la av de Asturias y me dijeron que la reducción no es aplicable a viviendas de más de 90m2, os han puesto alguna pega en el ayuntamiento?

dónde hay que entregar los papeles? dónde se obtiene el impreso de solicitud?

muchas gracias

 
S
SufjanStevens
17/09/2010 00:16

Buenas,

Yo he presentado lo siguiente:

- Copia íntegra de la escritura

- Escrito de solicitud de bonificación

 

Llamé previamente para preguntarlo y es lo que me dijeron que había que llevar. Supongo que las otras copias con que las lleve uno es suficiente para el ayuntamiento, por eso de hacerlo en grupo.

He preguntado también sobre el plazo para que se pueda hacer esto, y me han dicho que hasta fin de éste año.

 
T
Tautau
20/07/2010 14:45

slewerentz dijo:

Por el momento he averiguado que hay que presentar en el registro:

a) Escrito de solicitud de la bonificación.
b) Fotocopia del certificado de Calificación Definitiva de Viviendas de Protección Oficial.
c) Fotocopia de la escritura o nota simple registral del inmueble. Si en la escritura no constara la referencia catastral del inmueble, deberá también aportar la fotocopia del último recibo emitido del Impuesto de Bienes Inmuebles.
d) Fotocopia del justificante de presentación del modelo 902 de alteración catastral, en caso de que en el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles no estuviera contemplado el valor de la construcción calificada de protección oficial o equiparables a ésta.
 

 

Hola!

Os han facilitado una copia simple de la escritura en el notario?

Que habeis presentado en el ayuntamiento, una fotocopia sin mas de la escritura?

Qué es la alteración catastral?
 

 
slewerentz
slewerentz
06/07/2010 07:35

Hola,

El certificado de calificación definitiva está en la carpeta que nos dio Martinsa,en uno de los últimos apartados.

En cuanto al empadronamiento no lo tuve que hacer,no es necesario..

Sí que hay obligación de empadronarse en el plazo de 1 año, porque al ser vivienda protegida es requisito indispensable,como una prueba de que realmente es tu vivienda habitual. Pero para el trámite del ibi no.

Por cierto, para empadronarse no hay posibilidad de hacerlo por Internet. Hay que pedir un impreso en el registro, llevar los originales de dni y algún recibo de algo domiciliado. Abren los sábados por la mañana.

 
R
rakelgomezg
05/07/2010 16:49

Pregunta a quien ya ha solicitado la reducción del IBI: habéis tenido que empadronaros en el domicilio nuevo??

Muchas gracias.

 
A
AMMLSS
03/07/2010 12:47

Buenos días vecinos,

Una pregunta sobre la documentación a presentar para beneficiarse de la reducción de IBI:

 

Está claro que las escrituras nos la tiene que proporcionar el banco, pero el certificado de VPL, donde se obtiene?.

 

Muchas gracias, un saludo a tod@s!!

 
slewerentz
slewerentz
02/07/2010 19:46

Decolmenar, si no me equivoco,no se solicita año a año,sino una sola vez. La reducción del 50% es para los tres períodos siguientes a la concesión de la calificación definitiva de vppl. Se puede solicitar en cualquier momento dentro de estos tres años,pero sólo te beneficias de lo que quede de esos tres primeros años. Vaya, que si este año alguien no lo pide, no pierde el derecho a solicitarlo, sólo q pagará el 100% y el año que viene, si lo pide, podrá disfrutar del 50% pero sólo dia años más.

 
Sema
Sema
02/07/2010 00:03

Slewerentz, creo q tu actitud te honra.

Personalmente te he seguido en el foro, y efectivamente has aportado informaciones en beneficio de los demás, lo cuál se te agradece.

Sí te puedo explicar algo de lo de ayer q no haya quedado claro, indicame el qué y trataré de ser más preciso.

 
slewerentz
slewerentz
01/07/2010 22:38

Pido perdón si alguno, o algunos, os habéis sentido molestos. Insisto en que no es para tanto, que no se puede estar mirando con lupa cada palabra, joder, que todos los días todos hablamos con ironía y hacemos bromas...

En cualquier caso, no ha sido mi intención que nadie se sienta molesto, y si ha sido así, me disculpo. Yo también soy de esos que lleva mucho tiempo en el foro y colaborando en lo que puedo. Y de los que piensa que un poco de humor no viene mal y que se alegra de que haya buen rollo.

Por cierto, siento no haber estado en la reunión, mi trabajo no me lo permitió, y me encantará asistir a la siguiente. Como no estuve, no me enteré de lo que ponéis que explicó Sema, y sí, hoy he hecho el trámite del IBI, dado que tampoco parecía que el tema tuviera mucho futuro de forma colectiva. Y no es por mala intención, que fui el que inició el hilo..y os he contado los papeles que me han hecho falta!

Y para el vecino que ha preguntado, pues sí, tengo mi escritura, no por nada en especial, simplemente me llamaron para que fuera a recogerla. Yo había supuesto que todo el mundo tendría la suya. Igual depende de cada banco, y según hagan los trámites más o menos rápido, no sé. Seguramente es vedad que tienen un atasco importante para tratar de hacer el mayor número de escrituras posible antes de julio...

Y por cierto, en el Ayuntamiento sí tenían una copia de la escritura de unos cuantos, no de la mía casualmente, pero sí de otros. Me dijeron que si estaba, porque la promotora ya la había enviado, no hacía falta que la fotocopiase, y al buscarla he visto que había un bien tocho de escrituras (copias simples). No estaba y me tocó fotocopiar.

 
S
spfontan
01/07/2010 17:21

Totalmente de acuerdo con intentar mantener el buen rollo.

Por escrito es difícil entender las bromas, más bien parecen "tiritos malintencionados". Si queremos hacer bromas, por favor, cara a cara.

Escrituras registradas: me han dicho esta mañana en la notaría que están hasta arriba, porque han estado escriturando compraventas a marchas forzadas por la subida del IVA.

Y que les han llegado hoy un montón de la gestoría, que el lunes me dirán si ya está la mía.

Ese vecino que YA ha solicitado la reducción del IBI ¿ya tiene su escritura? Pues qué suerte... Los demás, un poco más de paciencia (un poco más todavía.

Hale buen rollo y otra mini junta que tengo ganas de conoceros!!!
 

 
Sema
Sema
01/07/2010 15:29

Llevo un mes viviendo ahí y me he cruzado con muchos vecinos ya (además de los de ayer)
Un denominador común en todas las conversaciones ha sido.
"¡¡Qué bien nos ha venido el foro!!.... lástima que al final algunos ..."

Y así lo manifestaron por escrito la mayoría de los foreros habituales cuando saltó el tema del jardín.
Es decir que al margen de que todo el mundo pueda decir lo que quiera, la dinámica hasta ahora ha sido de buen rollo y en el 99% del tiempo constructiva.
Somos 67 registrados desde hace poco, porque hasta antes de escriturar éramos menos de 40.
Otra cosa que también me han dicho todos con cuantos he hablado es:

"Si, yo no escribo nunca pero lo leo muy a menudo para estar al tanto y está muy bien"

Si queremos que este canal de comunicación siga siendo de interés común, evitemos las faltas de respeto a los demás, porque al ser todavía pseudo-anónimos, algunos comentarios pueden ser malinterpretados, y ofender, con lo cuál algunos dejaran de participar en el mismo y todos perderemos.


 

 
I
iperezdemadrid
01/07/2010 15:18

no me pico. Me molesta que se dude de mis intenciones y ese tono que se ha usado va por ahi, como que yo me quiero aprovechar de algo cuando lo que he hecho desde que entre aqui es todo lo contrario. 

 
Sema
Sema
01/07/2010 14:47

Justamente uno de los temas que comentaba ayer decolmenar es que desde el momento en que un vecino hace la solicitud (y ha sido el caso) ya no puede ser en grupo. Cada cuál ha de hacer la suya.

 
R
rustini
01/07/2010 14:26

Pues si, estaria bien preguntarselo al administrador.
De todos modos, como todavia no tenemos la escritura no podemos hacerlo. O vale con el num de protocolo ese???

 

 
slewerentz
slewerentz
01/07/2010 14:22

Iperez, no te piques, que no es para tanto. Hay que tomarse las bromas menos en serio, joé...

Por cierto, para Lo del IBI, fotocopia de la escritura, de la calificación, y rellenar una instancia general, haciendo constar claramente cual es tú 0iso, número de titulares y porcentaje. Se entrega en el registro del ayuntamiento, te lleva diez minutos.

Yo ya Lo hice, sí podéis corred la voz por sí alguno no lee el foro, que no se le pase la oportunidad.gracias.

 
I
iperezdemadrid
01/07/2010 06:55

Me parece q te has equivocado... ni yo trabajo en una gestoria ni mi mujer tampoco. si al opinar de forma diferente a la tuya es poner pegas... las pegas en todo caso las pondra el administrador, no yo...

Parece que das a emtender como que quiero sacar provecho de esta situacion? me parece una tonteria la verdad.. Por favor, dime en que post he dicho que yo tengo una gestoria y que os quiero tramitar algo anda.

como mucho habre dicho los gastos de la compraventa que me calculo la gesttoria de la notaria donde trabajo, que es muy diferente.. ahi no parece que te molestara mucho, la verdad...

 

bueno, repito q a mi no me parece que sea su funcion, pero si lo hace, pues perfecto, pero lo dudo mucho.

 
slewerentz
slewerentz
30/06/2010 23:56

Una gestoría...por ejemplo la de tu mujer, no? o me equivoco y es tuya? (es que hace ya unos cuantos post de esto, jeje...)

A mí no me parece que sea para tanto. En el edificio donde estoy en alquiler, que es de VPO, lo tramitó el administrador sin problemas.

Pero nada, nada, si le váis a poner pegas, que cada uno se lo resuelva personalmente. Ya te digo que es un gestión muy sencilla.

 
I
iperezdemadrid
30/06/2010 12:31

No creo que sea labor del administrador tramitarnos este tipo de documentos, la verdad... Es mas labor de una gestoria, que del administrador...

 
Sema
Sema
30/06/2010 09:35

Gracias Slewerentz por preocuparte e informarnos.

Aprovecho el post (aunque no me guste mezclar temas) que para lo de la mudanza me mandes un correo a mi mail y te doy los datos.

No lo publico por no perjudicar a otros transportistas, pero para 4 vecinos de la comunidad que pueden estar interesados no afecta a nadie.

 
slewerentz
slewerentz
30/06/2010 08:02

Hoy llamare al ayuntamiento, a ver sí me informo, pero Lo interesante sería que nos Lo tramitase de forma conjunta el administrador,que se puede hacer. A mi me da igual porque sí no me hago mi papel y listo, pero siempre hay alguien que no se entera, etc, y es un beneficio para todos los vecinos por muy poco esfuerzo colectivo. Es una tontería dejar que se pase, y el administrador seguro que está encantado de 'ganar puntos' a los ojos de la comunidad.

 
Sema
Sema
29/06/2010 17:15

En el link siguiente se hacer referencia a lo que comentas

http://www.asesorlocal.net/ficheros/EXENCIONES%20Y%20BONIFICACIONES%20EN%20EL%20IBI.pdf

 

"c) Las viviendas de protección oficial y las equiparables a estas
conforme a la normativa de las CCAA. Tienen derecho a una
bonificación de su cuota íntegra en un 50% durante los tres períodos
impositivos siguientes al del otorgamiento de la calificación definitiva.
Es un beneficio rogado que puede solicitarse en cualquier momento
anterior la conclusión de los tres períodos impositores de duración de
la misma y surte sus efectos, en su caso, desde el período impositivo
siguiente al de su solicitud."

 
A
alfonsox
28/06/2010 19:07

Buenas tardes,

 

slewerentz nos afecta a todos, donde podemos reunir la informacion??

 

Has llamado al ayuntamiento ??

 

Gracias

 
Sema
Sema
28/06/2010 14:42

(rescato este post porque me parece muy interesante y se va hundiendo con otros posts)

 

Si alguien sabe algo, bienvenido sea.

Gracias Slewerentz

 

Fin del hilo
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