HIPOTECA
¿Cuáles son las condiciones de la hipoteca para las viviendas del Plan de Viviendas 2005-2008 en Caja Madrid?
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Hola a todos:
Os copio u´na información que me ha parecido muy interesante y que ha dejado en el otro foro un vecino, en la que habla un poco de las condiciones de nuestra futura hipoteca.
Un saludo
Hola vecinos!!!Esperemos que todo vaya bien y este año ya podamos ocupar nuestras futuras casitas!!!jeje
A tu pregunta leia88, nosotros hemos estado preguntando en nuestra oficina de Caja Madrid y nos han dicho que a la hora de hipotecar te resulta mucho más barato acogerte a las condiciones de Mayrit y subrrogarte al prestamo que ellos ya mantienen. Las razones que nos han dado son:
1. Si no te subrrogas tienes que pagar unos gastos(notaria, gestión...) que generalmente son bastante elevados. Cuando abras la nueva hipoteca, en la otra entidad, te vuelven a cobrar nuevos gastos de apertura. Por tanto estás pagando doblemente unos gastos, que a no ser que las condiciones que te den en la otra entidad sean inmejorables, no te va a compensar.
2. El Plan de Viviendas 2005/2008 está regulado por la siguiente normativa:
- Real Decreto 801/2005, de 1 de julio.
- Convenio entre Caja Madrid y el Ministerio de Vivienda - Plan de Viviendas 2005/2008.
Por tanto, las condiciones especiales a la hora de financiar este tipo de viviendas te las está dando Caja Madrid, en exclusiva y por Convenio, con la Comunidad de Madrid (creo que es dificil encontrar otra entidad que te las mejore)
2. Nuestras futuras casitas son del tipo vpo(o para que nos entendamos, de precio tasado)esto quiere decir que ningun banco te va a dejar hipotecar por mayor precio del ya tasado por la comunidad de Madrid.
(Si buscas hipotecar el 7% de Iva que tenemos que dar a la entrega de la casa estas perdido...)
3. Algunas de las condiciones del " Préstamo Convenio Ministerio de Vivienda - Plan de Vivienda 2005/2008 " de Caja Madrid son:
1. Prestamo sin comisiones de apertura, ni de amortización total o parcial.
2. Tipo de interes: el determinado en cada momento de acuerdo con la legislación vigente.(Publicado en el B.O.E)
Y revisión del mismo en el primer trimestre de los años 2006, 2007, 2008, 2009 y sucesivos,con previo Acuerdo del Consejo de Ministros.
3. Plazo de amortización: 25 años
Un saludo a todos!!
Besotes