Tienes razón. Me parece un plazo excesivo, porque nuestras circunstancias personales cambian, pero como no cambie la ley....
Sé que hay excepciones como el cambio de ciudad de residencia, familia numerosa, etc (lo he visto en el otro documento).
En el link que nos facilitas (´un vecino´) dice que en 15 años puedes solicitar la descalificación, y que en 25 la tienes automáticamente. Lo que no he visto (no lo he leído entero) es si puedes vender la vivienda antes si no la vendes por un precio superior a lo que marque la ley para las VPP en ese momento.
Para los que quieran ir directos al grano, lo de los 15 y 25 años está en el capítulo II (sección primera).