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AYUNTAMIENTO DE GIJON
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La Junta de Gobierno, en sesión del día 6 de marzo de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
N.º 61.—Astur Promotora Urbana 2004, S.L. Propuesta de aprobación definitiva del proyecto de actuación de la Unidad de Actuación 100, Piles. Referencia: 022358/2006
Antecedentes de hecho
La Junta de Gobierno Local, en sesión de fecha 10 de octubre de 2006, adoptó el acuerdo de aprobar inicialmente el proyecto de actuación para la constitución de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación 100 (Piles), promovido por la Entidad Mercantil Astur Promotora Urbana 2004, S.L., y otra.
Fundamentos de derecho Primero.—De conformidad con lo dispuesto en el art.127 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local, es competencia de la Junta de Gobierno Local la aprobación de los instrumentos de gestión urbanística.
Segundo.—Seguida la tramitación preceptiva y practicada la oportuna información pública, mediante anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias y en uno de los diarios de mayor circulación en la comunidad autónoma, con notificación individual a todos los interesados, fueron presentados los siguientes escritos:
— El 14 de diciembre de 2006, José A. Fernández Orgando, en representación de la mercantil Tostadero Playa, S.L., como arrendatario de local sito en la Avenida José García Bernardo, n.º 66 (incluido en el ámbito de actuación), solicita le sean notificadas cuantas actuaciones se lleven a cabo en el desarrollo del mismo.
— El 15 de diciembre de 2006, Julio Quirós Alvarez, Margarita Piñera Rubiera, Marina Blanco Fernández, Gustavo Blanco González, Dulce María de la Mata Labra y Jesús Trigos Goicoechea, en representación este último de la Comunidad de Herederos de Carmen Goicoechea Díaz Laviada, solicitan su incorporación a la Junta de Compensación.
— El 16 de diciembre de 2006, Julio Quirós García manifiesta su oposición a la continuación de la tramitación del expediente, al considerar que primero debería aprobarse el instrumento de planeamiento y luego los instrumentos de gestión, entre los que se encuentra el proyecto de actuación ; basa su argumento en la ordenación sistemática de los preceptos del Decreto legislativo 1/2004, de 22 de abril, en el que se regulan primero los instrumentos de planeamiento y luego los de ejecución.
Tercero.—La entidad promotora del expediente, previo traslado de los escritos de alegaciones, toma razón de los propietarios que han manifestado su intención de formar parte de la Junta de Compensación, así como de la condición de arrendatario de la mercantil Tostadero Playa, S.L., que será tenida en cuenta en el momento procedimental oportuno.
Asimismo, propone la desestimación de la alegación presentada por Julio Quirós García, pues la ordenación sistemática de los preceptos del texto refundido (Decreto legislativo 1/2004, de 22 de abril) no presupone un orden obligatorio o imperativo en el desarrollo de la actuación en suelo urbano ; a mayor abundamiento, el art. 172 del citado cuerpo legal señala que: “En el plazo establecido por el planeamiento, y en su defecto en el plazo máximo de cuatro años desde la aprobación definitiva del mismo o de la delimitación del polígono o unidad de actuación, deberá presentarse un proyecto de actuación para su aprobación por la Administración Urbanística actuante”. Siendo esto así, es suficiente con que el sistema de compensación venga establecido en el planeamiento general, no resultando obligatorio que se tramite con carácter previo el instrumento de planeamiento. Es más, incluso para el suelo urbanizable, donde no existe una ordenación detallada en el planeamiento general, se permite la tramitación simultánea del Plan Parcial y del proyecto de actuación (art. 149.2 del TROTU).
Cuarto.—De conformidad con lo estipulado en los artículos 172 y 92 Decreto legislativo 1/2004, de 22 de abril, del Principado de Asturias, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo (TROTU), una vez transcurridos los plazos de información pública, la Administración actuante procederá a la aprobación definitiva del proyecto de actuación. Vistos el expediente de razón, informes emitidos y normativa de aplicación.
La Junta de Gobierno acuerda:
1.—Desestimar la alegación formulada por Julio Quirós García, por las razones expuestas en los fundamentos de derecho que anteceden.
2.—Aprobar definitivamente el proyecto de actuación para la constitución de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación 100 (PILES), promovido por la Entidad Mercantil Astur Promotora Urbana 2004, S.L.
3.—Tomar nota de la voluntad de Julio Quirós Alvarez, Margarita Piñera Rubiera, Marina Blanco Fernández, Gustavo Blanco González, Dulce María de la Mata Labra y Jesús Trigos Goicoechea, en representación este último de la Comunidad de Herederos de Carmen Goicoechea Díaz Laviada, de formar parte de la Junta de Compensación ; dicha voluntad se materializará con el otorgamiento de la escritura pública de constitución de dicha entidad, considerándose en otro caso desistido de su derecho, con los efectos previstos en el art. 173 y concordantes del Decreto legislativo 1/2004, de 22 de abril.
4.—Designar a D. Jesús Morales Miravalles, Presidente de la Comisión de Urbanismo e Infraestructuras, como representante municipal en la Junta de Compensación que se constituya para la Unidad de Actuación 100.
5.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, notificándolo asimismo individualmente a todos los propietarios, requiriendo a aquellos que no hubieran solicitado su incorporación a la Junta, para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo preclusivo de 1 mes, contado desde la notificación de la resolución ; si no lo hicieran sus fincas serán expropiadas a favor de la Junta de Compensación, que tendrá la condición jurídica de beneficiaria.
Lo que se notifica/publica, haciéndose saber que contra este acuerdo, de conformidad con el artículo 8 en la redacción dada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y los arts. 10, 14 y 46 de la misma Ley, se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación/publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo con sede en Gijón. Este mismo recurso se interpondrá ante la Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el mismo plazo, en los casos de impugnación de cualquier clase de instrumento de planeamiento urbanístico.
Es potestativa, de conformidad con el artículo 107 y concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la interposición del recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado este acto administrativo que se notifica/publica, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación/publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente el de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo por el transcurso de un mes sin haberse notificado/publicado dicha resolución expresa. En ese caso de desestimación tácita del recurso de reposición, el plazo para interponer el recurso contencioso- administrativo será de seis meses.
Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente.
Gijón, a 9 de marzo de 2007.—El Concejal Delegado de Urbanismo e Infraestructuras, Segundo Teniente de Alcalde (competencias delegadas según resolución de 26-1-04).—4.755.
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SECCION DE CONTRATACION
Resolución del Ayuntamiento de Gijón por la que se anuncia subasta para la contratación de reformas en la instalación eléctrica de los colegios públicos Asturias, Laviada, Martínez Torner, Nicanor Piñole y Noega (Referencia: 016568/2006)
1.—Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Gijón.
b) Dependencia que tramita el expediente: Sección de Contratación.
2.—Objeto del contrato:
a) Descripción del objeto: Reformas en la instalación eléctrica de los colegios públicos Asturias, Laviada, Martínez Torner, Nicanor Piñole y Noega.
b) Plazo de ejecución: 90 días.
3.—Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Forma: Subasta.
4.—Presupuesto base de licitación:
119.712,53 euros.
5.—Garantías:
a) Provisional: No se exige.
b) Definitiva: 4% del precio de adjudicación.
6.—Obtención de documentación:
a) Entidad: Ayuntamiento de Gijón.
— Domicilio: Calle Cabrales, n.º 2 (edificio administrativo de la “Antigua Pescadería Municipal”). Servicio de Atención al Ciudadano. Sección de Atención Directa al Ciudadano.
— Localidad y código postal: Gijón, 33201.
— Teléfono: 985 18 11 29.
— Telefax: 985 18 11 82.
b) Página web del Ayuntamiento de Gijón, dirección:
—
http://www.gijon.es. 7.—Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: El vigésimo sexto día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.
b) Documentación a presentar: La exigida en el artículo 5.º del pliego de cláusulas administrativas particulares.
c) Lugar de presentación:
1. Entidad: Ayuntamiento de Gijón. Registro General.
2. Domicilio: C/ Cabrales, n.º 2.
3. Localidad y código postal: Gijón, 33201.
8.—Apertura de las ofertas:
a) Lugar: Salón de actos del edificio administrativo “Antigua Pescadería Municipal”, calle Cabrales, 2, de Gijón.
b) Fecha: Primer martes o jueves hábil siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de ofertas, para la apertura del sobre relativo a documentación, sobre “A”. El acto público de apertura de las ofertas económicas, sobre “B”, vendrá señalado en el anuncio publicado en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Gijón, en el que se detallará igualmente la documentación a subsanar por los licitadores y plazo para llevarlo a cabo.
9.—Gastos de anuncios:
Los gastos de anuncios serán por cuenta del adjudicatario.
Gijón, 6 de marzo de 2007.—La Alcaldesa.—4.814.
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Boletín del día 27/03/2007
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