Estimados vecinos:
De conformidad con los Estatutos y Régimen de Comunidad de la Urbanización “Monte de Los Cortos” sita en término de Duruelo (Segovia) en su
Capítulo IV.- De los Órganos de la Comunidad
1.- La Junta se reunirá preceptivamente una vez al año en sesión ordinaria dentro de los 3 meses siguientes a la fecha en la que se convenga el cierre del ejercicio. En dicha reunión y sin perjuicio de resolver cualquier otra materia, la Junta examinará las cuentas de administración correspondientes al año anterior, aprobándolas, aprobará el presupuesto del año corriente que proponga la Comisión Ejecutiva y designará los miembros de dicha Comisión y el Presidente y el Secretario para le nuevo ejercicio. Tanto los miembros de la Comisión, como el Presidente y Secretario podrán ser reelegidos.
Estando a 31 de marzo de 2013, siendo hoy el día límite para la celebración de la junta ordinaria, dado que el cierre del ejercicio es a 31 de diciembre de 2012,
¿Por qué no se ha convocado la reunión antes del 31 de marzo de 2013?
De conformidad con el art. 16.2. de la Ley de Propiedad Horizontal,
16.2.- La convocatoria de las juntas la hará el Presidente y, en su defecto, los promotores de la reunión, con indicación de los asuntos a tratar, el lugar, día y hora en que se celebrará en primera o, en su caso, en segunda convocatoria, practicándose las citaciones en la forma establecida en el artículo 9. […>
en orden al cumplimiento de las normas que son de aplicación, y al ejercicio democrático, se recuerda la obligatoriedad de convocatoria de Junta Ordinaria antes del 31 de marzo del ejercicio al Presidente de la Urbanización Monte de Los Cortos.
¿Qué sucede para no convocar en el plazo establecido, esto es, antes de 31 de marzo de 2013?
Seguiremos informando,
Plataforma Vecinos Responsables de la Urbanización Monte de Los Cortos
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