¿Sabias ésto? ¿Y si nos aplica?
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Bonificaciones a viviendas de protección oficial y equiparables
Bonificación del 50% en la cuota del Impuesto durante 3 años a contar desde el otorgamiento de la Calificación Definitiva, siempre que se solicite en el mismo año de la calificación.
Es de carácter rogado y se aplicará, si procede, en los ejercicios siguientes a la solicitud.
Destinatarios
Viviendas de protección oficial y sus equiparables según la normativa de la Comunidad de Madrid