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C
CAPERU Y VARIEN
28/10/2008 22:26

REUNION

1.951 lecturas | 17 respuestas
no hemos podido ir a la reunion que se celebraba hoy si alguin me pudiera contar algo PORFAVOR
GRACIAS
 
P
Polen
30/10/2008 19:04
Aun reconociendo que la cuestión puede admitir interpretaciones, lo que si tengo claro es que las personas que no estén de acuerdo pueden impugnar lo acordado en la junta ya que hay base jurídica para ello.

Aporto un extracto de una sentencia de la Audiencia provincial de Barcelona de fecha 29 de Noviembre de 2005, en la que se enjuicia un supuesto similar al que estamos debatiendo:

“TERCERO.- Atendido lo anterior, las circunstancias que concurren en la Comunidad señalada, la climatología de la zona, composición de las familias que allí habitan y atendidas las dimensiones de la zona verde afectada, los beneficios derivados del uso de una piscina y zona infantil, resultan mas que convenientes para la Comunidad, satisface su interés general y no encontramos argumento notable que implique un perjuicio relevante para la demandante disidente la cual, además y por mor del contenido del Art. 11 LPH y tal y como señala la Comunidad recurrente en modo alguno supondrá la obligación de los disidentes de participar en el costo de la construcción de tales instalaciones sin perjuicio de que, si desean, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrán de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal . Es por todo lo anterior que habremos de revocar la resolución de instancia, estimando el recurso entablado y desestimando la pretensión ejercitada por la actora, declarando al validez del acuerdo mencionado.”

Un saludo.

Javier.
 

Fin del hilo
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