Volver al foro
gdisla
gdisla
02/11/2006 17:31

Aire Acondicionado en fachada. NO!

¿Están instalando A.A. en la fachada interior del edificio grande?

1.820 lecturas | 20 respuestas
Parece ser que estan instalando A.A. en la fachada interior del edificio grande.
De acuerdo que el orden del día de la junta de esta tarde está establecido, bien y ¿para que está "ruegos y preguntas"??
¿Solo para esos 6-8 puntos?, pero si hay algo tan importante como esto, se trata.

Hasta luego
 
S
sanmo
06/11/2006 15:56
Es que corre tanta prisa el instalar el aire en noviembre como para no esperar a debatirlo en una junta!!!!

Un poco de paciencia... por favor que creo que hemos demostrado tenerla.... y mucha.

¡¡¡Por una buena convivencia!!!!


Saludos.
 
S
Santi3
06/11/2006 15:53
Yo no estoy de acuerdo con nikos en las formas que tiene, pero si que estoy de acuerdo en que no se puede poner en la fachada. Ojo, no se os está prohibiendo poner el aire, solo se obliga a ponerlo en la terraza, no creo que sea para tanto.
 
N
nikos
06/11/2006 15:46
Vale, pues si yo soy mal vecino, llamad al administrador y que os lo cuente él mismo y cuando te cuente lo mismo que yo, le dices que es un cabronazo por no dejarte hacer lo que quieres. Hay muchos que no lo habeis entendido, el que limita no soy yo, es la ley, yo como abogado solo me encargo de que se cumpla, nada mas.

 
K
KikaNov
06/11/2006 14:37
eres un poco bestia NIKOS espero saber quien eres, para ni siquiera mirarte, ya que me das miedo, no me vayas a denunciar. Vaya comunidad de vecinos que vamos a tener, espero que haya pocos vecinos como tu, porque sino lo llevamos claro majete.
 
M
macalister
06/11/2006 14:15
Que coño, teneis todos razon. Yo tb tengo un piso de esquina de 4D y como veo que la gente esta muy en contra de la instalacion de compresores en la fachada de su palacio, yo tb me niego a que se haga. Pero como hay mucho chulo que se descojona cuando jode a sus vecinos, macalister y nikos sin ir mas lejos, yo me niego a que tb se pongan en la fachada del patio interior. A mi me gusta mucho no ver compresores mientras juego con mis niños. Y lo siento por mis adorables vecinos cuyas habitaciones dan a esta zona, pero o foll.... todos o la puta al rio. Es mas tampoco me gusta ver los miradores y ver persianas puestas, me parece que altera la esencia del edificio y su estructura principal y ¿es legal, nikos? ¿no irian puestas si lo fuese? No se, no se..... es mas tampoco quiero ver que se cierra ni un solo atico, que no me gusta, que se jodan tb y ya puestos que no se quite una sola lama de los tendederos, guay ¿no?. Y los vecinos de los bajos que se cuiden muy mucho de hacer barbacoas y de poner tolditos y los compresores al tendedero aunque tengais jardin.

Ahora si que me siento bien, soy mejor vecino jodiendo al resto. Gracias por abrirme los ojos queridos convecinos.

PD: por cierto me toca mucho los cojones ver coches mal aparcados, encima de la acera o en los vados de nuestro maravilloso garaje. Llamare a la grua cuando los vea. Ahora si que soy un gran vecino, eso si me he convertido en un capullo integral.
 
gdisla
gdisla
06/11/2006 13:01
dices que :
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por la comunidad de propietarios ...

Pero se refiere a un LOCAL. Aquí no hay locales de negocios.

Además eso es Zaragoza.
 
E
e05h0003
06/11/2006 11:01
Admisión de instalación de aire acondicionado sin autorización comunitaria
EDE:2004/72235, Audiencia Provincial de Zaragoza, Fecha: 07/07/2004 Núm: 418/2004, Núm Rec:
334/2004, Pte: Pérez García, Pedro Antonio
La AP desestima el recurso de apelación interpuesto por la comunidad de propietarios
demandante, contra la sentencia de instancia, que desestimó la demanda y absolvió a los
demandados de las pretensiones contra ellos dirigidas, confirmando la resolución. La Sala, entre
otros pronunciamientos, determina que a la hora de decidir entre el perjuicio más o menos
importante causado en la comunidad de propietarios de un edificio en cuyo paramento exterior se
coloca un de aparato de aire acondicionado y el perjuicio para el titular del local de negocio, que
resultaría inhabitable de no autorizarse la instalación, debe resolverse atendiendo a la realidad
social, admitiéndose la colocación de aparatos acondicionadores aunque no se haya solicitado la
autorización por parte de la comunidad de propietarios, ya que estos constituyen un avance
tecnológico que mejora la calidad de vida, siempre que su tamaño no sea desmedido, que no
afecten a la fachada principal del inmueble y que no causen daños específicos a alguno o algunos
vecinos.
 
I
Indigente
06/11/2006 09:18
Totalmente de acuerdo,

El que se quiera ahorrar unos euros a costa de ponerlo en la fachada, que sepa que le va a salir más caro!

Además no estemos con la murga que si por conductos que si por split. Al final tienes un compresor que lo tienes que poner en el tendedero y ya está. Y yo he mirado presupuestos y sale casi igual de precio. Al final te tienen que guiar los tubos al compresor.
 
N
nikos
06/11/2006 08:59
Os vuelvo a pegar unos articulo de la ley de propiedad horizontal:

Artículo 7

1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores , o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.

En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al Administrador.

2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

El Presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualesquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes .

Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario.
Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el Juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia . Podrá adoptar, asimismo, cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la efectividad de la orden de cesación. La demanda habrá de dirigirse contra el propietario y, en su caso, contra el ocupante de la vivienda o local.

Si la sentencia fuese estimatoria, podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años , en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento.


Los tribunales consideran estas obras (instalar rejas, aire acondicionado, quitar lamas, cerrar terrazas, toldos) como de modificación de la configuración externa del edificio, es decir, alteran el título y requieren unanimidad:

Artículo 17

Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:

1ª La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.


 
N
nikos
06/11/2006 08:56
Vayamos por partes:

1 - la fachada del patio tambien es una fachada exterior y no se pueden poner. Está prohibido por dos leyes, en una de ellas lo prohibe tajantemente y en la otra es necesario unanimidad en la votacion y yo voy a votar NO .

2 - El aire acondicionado NO es un bien de primera necesidad como quereis hacerlo ver, salvo que haya enfermos por recomendacion medica, pensar en los millones de personas que no tienen A.A, ni lo han tenido ni lo tendrán y tienen una vida digna.

3 - Tengo 3 sentencias a mi favor de vecinos que pusieron el aire acondicionado en otros edificios donde he vivido en la fachada interior y exterior, tengo de todo. No os podeis imaginar la cara que se les quedo a estos vecinos cuando el juez les obligo a quitar el compresor y a pagar las costas del juicio, unos 6.000 euros , yo me descojonaba por dentro ¿ quereis ser los proximos ?

4 - PON EL AIRE EN TU TERRAZA O NO LO PONGAS , no hay mas alternativa, no busqueis opciones donde no las hay.

 
1
19bbs
06/11/2006 00:47
Mi opinión es que habría que denunciar a esos que toman decisiones sin contar con los demás.

No creo que en Noviembre haya sido una decisión urgente instalar un AA.
 
M
medaranmipiso
05/11/2006 22:47
Creo que no hay que ser tran intransigente ,porque si hoy no sepermite porque los aires y perjudicas a unvecino que silo quiereponer,mañana te fastidiarian a tí.
la preintanlación por toda la casa es muy costosa unos 6.000 o 7.000 euros y el poner unidades es bastante más barato.
Creo que si se llega a un acuerdo y se ponen en un mismo sitio aunque sea en la fachada no pasa nada, además en el tendedero ocupa un lugar que hace mucha falta poruqe si teniendo en cuenta que son muy peuqeños , si encima tienes que meter el aparato del aire (la carcasa)pues te quedas sin tendedero.
Pensad enlos demas antes de decir que no y perjudiciar a un vecino.
Un saludo.
 
I
Indigente
05/11/2006 19:30
Nada de lentejas! Yo tengo uno que hace esquina y he estado mirando presupuestos, y no es ninguna movida, pasándolo por los falsos techos de cocina, pasillos y baños. A la habitación princpal lo pasas por el baño, y de ahí a la cocina y tendedero.

No pienso aceptar políticas de hechos consumados. El que lo ponga se expone a que le denuncien y yo les denunciaré.
A ver si me voy a gastar yo una pasta en ponerlo bien, y luego cada uno hace lo que le de la gana.

Aire Acondicionado, sí. Bien puesto pues también que lo uno no está reñido con lo otro.

Saludos
 
I
ioaunarum
05/11/2006 03:53
Aire acondicionado SI, solo fachada interior y todos en las misma condiciones de altura y localización, esa es mi opinión. Saludos.
 
E
emiliocf
03/11/2006 23:31
Estoy de acuerdo con tigo, creo que en la fachada exterior no deberian ponerse aparatos de aire acondicionado, ya que todos los pisos dan a las dos fachadas, intentemos ponerlos en la fachada interior y de la forma más esteticamente posible.
 
gdisla
gdisla
03/11/2006 21:27
Buenas noches,

No dije que NO al A.A. Todo lo contrario, cuando lancé el tema me refería, y sigo manteniendolo que, de ninguna manera se instalase por las fachadas y menos aún por la fachada exterior. Por la interior, se podría incluso discutir, aunque tendriamos que ponernos de acuerdo en que lugar concreto todos la pondríamos.
Sería horroroso que cada cual la pusiera a una altura o distancia distinta.

¿No podríamos tener un barrio nuevo libre de pegotes en la fachada que fuera la envidia del resto? ¿O queremos destrozarlo y ser como el resto?

SALVEMOS LA FACHADA EXTERIOR.

Salu2
 
E
emiliocf
03/11/2006 18:02
Hola a todos!

En cuando a la instalación de aire acondicionado, creo que es una necesidad, si queremos vivir con una calidad de vida digna para todos.
Otra cosa es la estetica, creo de debemos de ponernos de acuerdo para que todos lo instalemos de forma unánime, para que quede igual para todos.
Diganme ustedes, la cantidad de edificios que lo tienen instalado en la Comunidad de Madrid, y sin problemas, ¿porqué no podemos instalarlo nostros?
¿Si la ley es igual para todos, porque en nuestro bloque hay que ser tan extricto?
Si efectivamente, según la CAM, este tipo de aparatos esta prohibido, y existen tantos puesto ¿si iban a fijar en nosotros?

Creo que hay que ser condescendientes con los vecinos, y ceder todos un poquito para hacer de nuestra comunidad una sociedad agradable para todos.

Aire Acondicionado SI.

No se puede depender de la comunidad que te toque vivir. Agún día los que se oponen, pueden necesitar algo de ella.
 
N
nikos
03/11/2006 13:37
Cierto, el tendedero por dentro si se puede sin quitar las lamas, pero el aire en la fachada tiene que ser por unanimidad que es lo mismo que imposible, ya que entre 267 nunca vas a encontrar unanimidad (recordar lo del gotele o las bañeras). Aun asi cualquier vecino puede denunciarlo porque el acuerdo es nulo de pleno derecho.
 
K
KikaNov
03/11/2006 12:17
me vas a perdonar, pero dijo que teniamos que hacer todo por unanimidad, y que la comunidad de Madrid y el ayuntamiento no se metian en nada, a no ser que algun vecino haga algun tipo de denuncia, que creo que seria lamentable ya ponernos de esas maneras.
Lo que tambien te digo es que me parece muy fuerte que alguien haya puesto el aire sin todabia haber quedado en nada, ya que como dijo el Administrador teniamos que debatirlo, para instalarlo todos igual, y por supuesto mediante votaciones.
Y que no tendriamos que tener problemas, se puede poner en el tendedero de cada vivienda, cajeandolo para que quede mitad en el exterior y mitad en el interior del tendedero, pero bueno a ver que se decide entre todos.
 
N
nikos
03/11/2006 09:16
Si que se trató y quedó bien claro que no se puede poner. El administrador lo contó bien clarito todo.
 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento