Buenos tardes,
Mi compañera me ha pasado diversos links y documentación para revisar. Si la quereis echar un ojo os paso los datos:
Yo la iré revisando y tratare de que mi compañera nos ayude a realizar el escrito.
De todos modos me comenta que de forma previa es bueno dar unos pasos como:
1) Consulta en la gerencia de urbanismo de nuestro distrito del estado de nuestra vivienda. Esta consulta nos la tienen que dar por escrito... etc
Me ha adjuntado este historico de pasos de un caso parecido: DOSSIER
INFORMATIVO
“ALTOMADRID III”
INDICE
1.- INTRODUCCIÓN
2.- HISTORICO
3.- PERSONAS DE CONTACTO.
4.- DOCUMENTACION ANEXA:
(mediante solicitud a persona de contacto)
1- EXTRACTO DEL MODELO DE CONTRATO
2- “CONFORT LETTER” DE CAJA DE MADRID
3- ARTICULO DE LA REVISTA “INTERVIÚ” DE 20/10/2003
4- BUROFAX COMUNICANDO NEGATIVA A LA PETICIÓN DE
RECALIFICACION
5- BURO-FAX RECLAMANDO ENTREGA DE LA VIVIENDA Y LOS
AVALES PENDIENTES
6- MODELO DE RECLAMACIÓN PRESENTADA ANTE LA OMIC DEL
AYUNTAMIENTO DE MADRID
7- BURO-FAX DE P.P.P. DENEGANDO LA ENTREGA DE AVALES
8- DENUNCIA PRESENTADA ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE
ARQUITECTURA Y VIVENDA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
9- CARTA AL DIRECTOR APARECIDA EN EL DIARIO “EL PAIS”
DIGITAL DE 08/03/2005
10- CARTA DE LOS LECTORES APARECIDA EN EL PERIODICO “QUE!”
DE 10/03/2005
11- REPORTAJE DEL PERIODICO “DISTRITO 19” DE 09/03/2005
12- MODELO DE ESCRITO DE RENUNCIA DE EJERCICIO DE
ACCIONES LEGALES ENTREGADO PARA ENTREGAR A LA A.E.A.T.
13- REPORTAJE EMITIDO EN TELEMADRID EL 22-09-2005
1.- INTRODUCCIÓN:
El objeto del presente dossier no es otro que poner de manifiesto y relatar la
situación que, a día de hoy, se está produciendo de hecho en la Promoción de Viviendas
de Protección Pública denominada “Altomadrid III”, en la que un grupo de 348 familias
han comprado su vivienda en la Comunidad Autónoma de Madrid.
Pik Pobedy Promociones S.L., sociedad con C.I.F núm. B-82354713 (constituida en
origen por Isolux-Corsan y Grupo DAE) y domicilio social en Madrid, Paseo de la
Habana nº 54, promovió la construcción de las citadas viviendas de VPO en un solar
sito en Madrid, en el A.P.E. 19.10 de “Valderribas” (finca registral núm. 42.842 del
Registro de la Propiedad núm. 8 de los de dicha Capital).
Isolux-Corsán S.A. ostentaba la titularidad del 50% del capital de la citada Promotora
(en adelante PPP).
Desde la firma por los vecinos de sus correspondientes contratos éstos han ido
entregando cantidades a cuenta del precio total de la misma en distintas fechas, según se
estipula en los mismos, finalizando el pago de las citadas cantidades en diciembre del
año 2004. En dichos contratos se estipula también que PPP. debe entregar a los
compradores aval por las cantidades entregadas a cuenta, en cumplimiento de lo
dispuesto en la Ley 57/1968 de 27 de Julio, reguladora de las percepciones de
cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, y en la Disposición
Adicional Primera de la Ley 38/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la
Edificación. (Hasta la fecha todos los vecinos carecemos de nuestros correspondientes
avales).
El plazo de entrega de las viviendas descritas finalizó el 31 de Diciembre del
pasado año 2004. La ejecución de la obra ya ha finalizado hace tiempo pero no hemos
recibido aún notificación para la efectiva entrega de las mismas. Cada día aumenta
nuestra alarma y preocupación ante posibles irregularidades. Además, la Promotora no
ha facilitado en ningún momento ninguna información al respecto.
Nos preocupa además, que la Empresa Constructora Isolux-Corsán S.A. se haya
desvinculado totalmente de PPP (extremo que no se nos comunicó oportunamente).
Aclarar que la presencia de esta renombrada constructora en la estructura social de la
Promotora fue lo que a muchos de nosotros nos animó a comprar a esta Promotora
Inmobiliaria.
Se está produciendo un incumplimiento manifiesto de la legalidad vigente, así como
de lo estipulado en nuestro contrato, lo cual nos sitúa en una situación de
DESAMPARO ABSOLUTO: luchamos contra dos gigantes que utilizan los vericuetos
legales y los plazos que la ley establece para dilatar lo más posible en el tiempo el
cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
348 familias se encuentran prácticamente “en la calle”: sin vivienda, con un
alquiler a sus espaldas, y sin dinero suficiente para hacerle frente.
Ya no nos quedan autoridades a las que acudir, ni paso viable que dar, ya que una
denuncia ante los tribunales de justicia podría dilatar la entrega de nuestras
viviendas varios años.
Las reclamaciones ante la Administración Pública se ven inmersas en un “caos” de
plazos y “silencios”, aún siendo patente que se está incumpliendo la legalidad por parte
de la Empresa Promotora
Sólo nos queda el apoyo de la opinión pública y de los medios de comunicación, que
hagan patente la situación de dos “gigantes económicos” puede provocar en ciudadanos
trabajadores que un día pudieron acceder a una vivienda de Protección Pública. ¿Qué
tipo de protección?. Estamos atados de pies y manos, viendo que el tiempo pasa y
nuestra casa se encuentra en manos de quien no debería estar a día de hoy.
Y nos preguntamos: si ya en el año 2003 se denunció en prensa que esta Inmobiliaria
llevaba a cabo prácticas no legales, ¿por qué este hecho no hace que la Administración
no nos preste más atención?
CONCLUSIÓN:
Nuestras casas están ahí. Debíamos tenerlas en enero, y encima las irregularidades
e incumplimientos de la legalidad se suceden.
Nos encontramos absolutamente indefensos, y hasta la administración publica se
tapa los ojos y hace oidos sordos a nuestras reiteradas denuncias de la situación.
Para colmo nos empezamos a encontrar con numerosos problemas con la agencia
tributaria, a la que tenemos que solicitar una prórroga para la adquisición de la
vivienda por la que nos hemos desgravado y que no podemos justificar porque
“Grupo DAE” nos hace chantaje para acceder a entregarnos un certificado: hemos
de renunciar a nuestro derecho a ejercer futuras acciones legales.
2.- HISTORICO
1.- Años 2001 – 2002: Venta de la mayor parte de las viviendas, con entrega de
grandes cantidades de “dinero negro”.
2.- Octubre 2003: Aparición de artículo en la revista “Interviú” relativo al
dinero negro en vivienda social: mención expresa de PPP/DAE y Isolux-Corsán.
3.- Año 2003: Isolux-Corsán rompe su vínculo con PPP.
4.- Octubre 2004: Comienza el intento de la Promotora de “convencernos” para
solicitar a la CAM la actualización del módulo al que se acogen nuestras
viviendas, con el correspondiente aumento de precio de la misma.
Este mes comienzan a reunirse los vecinos, alarmados por esta subida de precio
camuflada
5.- Diciembre 2004: Un elevado número de compradores envían buró-fax a PPP
indicando que se niegan a firmar la autorización para la subida de módulo.
Se logra parar este intento de la Promotora.
6.- 31 de Diciembre: Finaliza el plazo de entrega de las viviendas según
contrato.
7.- Enero 2005: Se envía buró-fax a PPP reclamando los avales pendientes por
el dinero entregado a cuenta de la vivienda, y la entrega efectiva de la misma.
8.- Enero 2005: Al personarse en las oficinas de esta empresa, algunos vecinos
recibieron amenazas, coacciones etc. por parte de los trabajadores de la misma,
siendo en algunos casos denunciados en la Comisaría del Distrito de Chamartín.
9.- 1 de Febrero del 2005: Paralización de las obras.
10.- Febrero del 2005: Se presentan numerosas reclamaciones ante la OMIC del
Ayto. de Madrid, denunciando la no entrega de los avales bancarios que la Ley
exige. (A día de hoy se ha hecho caso omiso)
11.- Febrero del 2005: Un vecino interviene en la emisora Onda Madrid
denunciando los hechos: se niegan a intervenir tanto PPP como Isolux-Corsán.
12.- 28 de Febrero del 2005: Finaliza la prórroga establecida en contrato de dos
meses para la entrega de las viviendas.
13.- 2 de Marzo del 2005: Se presenta denuncia ante la Dirección General de
Arquitectura y Vivienda de la CAM denunciando de nuevo la no entrega de
avales. (A día de hoy se ha hecho caso omiso)
14.- 8 de Marzo del 2005: Aparición en el diario “El País” digital de una carta
al Director remitida por una vecina de la promoción.
15.- 9 de Marzo del 2005: Aparición en el diario “El País” digital de una carta
al Director remitida por una vecina de la promoción.
16.- 10 de Marzo del 2005: Aparición en el periódico “Distrito 19”
17.- Finales de Marzo del 2005: Reinicio de las obras.
18.- 14 de Julio del 2005: Visita la obra un Técnico de la Comunidad de Madrid
para llevar a cabo la preceptiva inspección previa a la concesión de la
Calificación Definitiva.
Detecta divergencias entre la obra ejecutada y el Proyecto, así como diversos
incumplimientos de la legalidad vigente: viviendas modificadas no conforme a
proyecto, vías de evacuación, bajantes...etc.)
19.- 20 de Septiembre del 2005: Intervención de una vecina de la Promoción en
la emisora de radio “Onda Madrid” para denunciar la situación.
20.- 22 de Septiembre del 2005: Aparición de reportaje de denuncia en el
programa de Telemadrid “Madrid Directo”.
21.- A día de hoy nos llegan rumores de posibles acciones legales entre PPP e
Isolux-Corsán. Sospechamos que se siguen vendiendo algunas viviendas por
enormes cantidades de dinero negro y: SEGUIMOS SIN NUESTRAS
VIVIENDAS, SIN INFORMACIÓN Y SIN GARANTÍA ALGUNA.
LINKS SOBRE DOCUMENTACIÓN LEGAL AL RESPECTO. http://www.latoga.es/detallearticulo.asp?id=250506140534&nro=158&nom=Marzo%20/Abril%202006 www.jccm.es/vivienda/tucasa/capitulo5.htm (Aqui hay una plantilla de reclamación en caso de demora).
Otro texto. La cuestión que plantea en su consulta supone un incumplimiento al contrato de compraventa suscrito, en lo que se refiere al plazo de entrega.
Ahora bien, es posible que la falta de entrega de la vivienda dentro del plazo comprometido obedezca a cuestiones ajenas a su vendedora, debido a circunstancias meteorológicas, retrasos no imputables a ella a la hora de solicitar las correspondientes licencias, etcétera. Si fuera así, consideramos que su vendedora podría eludir afrontar los daños y perjuicios que pudiera generarles, oponiendo circunstancia de fuerza mayor.
Si, por el contrario, resulta que la causa del retraso es imputable a la vendedora, consideramos que ha incurrido en incumplimiento de contrato, frente al que podrá exigir de ésta los daños y perjuicios que el retraso les haya ocasionado (alquileres, compromiso de venta de su vivienda actual frente a terceros, etcétera).
Sin perjuicio de lo anterior, le recomendamos que dirija carta, por correo certificado con acuse de recibo, por el sistema de burofax dirigido a su vendedora, exigiéndole la entrega de la vivienda, conforme a los plazos establecidos, anunciándole los perjuicios que el retraso le está causando. La forma de exigir los daños y perjuicios derivados de la entrega será a través de los tribunales.