Hola a todos.
Voy a intentar explicar someramente y con datos oficiales los requisitos que nos piden.
Estos días estoy viendo en el foro que a parte del disgusto/ cabreo que ya tenemos todos con el tema del retraso se está juntando el tema de si nos van a mirar los requisitos o no.
He hablado hoy con la EMV y les he pedido que me lo aclaren. A parte de eso he estado viendo la legislación oficial ( digo OFICIAL y no oficiosa ), que existe al respecto.
Por favor, si pediría que si todo lo que pongamos a partir de ahora, sean con datos fehacientes, pues bastante nerviosos estamos ya como para estar leyendo: “ me han dicho”, “ creo que es asi...”, “ A mi me han contado...”. OK?.
Vamos a intentar a partir de ahora limar datos, para relajarnos un poco.
Bueno hay van mis averiguaciones.
1) Si es cierto que nos miran los requisitos, pero no de una forma inquisitorial. A mi en ningún momento me han dicho tajantemente: os vamos a quitar nada, pero si que podemos tener algún problema.
2) En EL BOCM del 6 de mayo del 2005, número 107, páginas 78-84, vienen reflejados en el título cuarto aspectos básicos de la adjudicación.
A este respecto a tener en cuenta lo que nos puede causar algún tipo de contratiempo:
1. No ser titular del pleno dominio, nuda propiedad o derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda, libre o con cualquier clase de protección.
Este requisito si que es muy importante, por lo que me han dicho hasta fecha de firma de escrituras.
2. Adjudicación en régimen de venta: Contar con igresos familiares entre el 1,5 y el 5,5 del SMI ( Salario mínimo interprofesional).+
Si leéis el RD 1632/06 del 29 de diciembre del 2006, fija dicho salario para el año en curso en 19,02 euros día, 570,60 euros al mes e ¡Importante el dato este para el cálculo! y 7988,40 euros al año.
¿Hacemos cálculos?:
- 1,5 del SMI: 11982,6 euros.
- 5,5 del SMI: 43936,2 euros.
Esa sería la banda donde movernos: entre 11000 y casi 44000 euros.
3. En cuanto al patrimonio no podrá superar el 75% para la adjudicación en régimen de venta del precio de venta de una vivienda de 90 metros cuadrados de superficie útil de VPP.
Si miramos la actualización de tablas de la dirección general de vivienda de la comunidad de madrid en octubre del 2007, vemos lo siguiente:
PRECIOS MÁXIMOS LEGALES DE VENTA DE VIVIENDAS PARA VENTA O USO PROPIO POR TIPO DE VIVIENDA Y ZONA
ORDEN dos mil ochocientos sesenta y tres barra dos mil cuatro, de 8 de noviembre, estas Órdenes pueden obtenerse dentro del Compendio de -Zona 0: V P P B: mil cuatrocientos setenta y cuatro coma siete euros por metro cuadrado ( 1474,07 euros/ metro al cuadrado).
Os comento que pone una tabla grande, pero a nosotros solo nos interesa la zona 0 ( madrid capital y la VPPB que es la nuestra por eso no os he mareado con mas datos).
¿Volvemos a hacer cálculos?:
90 metros x 1474,07= 132666,3. Si ha esta cantidad le aplicamos el 75% da como resultado final: 99.499,72 de patrimonio máximo.
Creo que con esto podemos ir trabajando para ver si los datos se van ajustando poco a poco a nuestra economía particular.
Espero no causar mas dudas, que ya tenemos bastantes.
AH: del tema del empiece de obras: “falta de material”.