Pues me he puesto a buscarlo y eso parece...
Ministerio de vivienda http://www.vivienda.es/es/index.php?option=com_content&task=view&id=315&Itemid=341 No excedan de las siguientes superficies útiles máximas (salvo lo previsto para actuaciones de rehabilitación):
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90 metros cuadrados, con carácter general.
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Cuando se trate de viviendas protegidas adaptadas para personas con discapacidad, con movilidad reducida permanente, podrá sobrepasarse dicho límite hasta un máximo de un 20% de superficie útil.
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120 metros cuadrados, para familias numerosas.