Ya hay reunión
¿Cómo solicitar una Junta General Extraordinaria en una comunidad de propietarios?
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Antes de nada, un saludo a todos los que solo se asoman al foro aunque no participen, y otro a los expontáneos que de vez en cuando entran a hacernos el foro más entrenido.
Bien, después de esto, voy a pasaros la carta con la que se ha solicitado la reunión al Presidente a través de GAMO, y deciros que seguramente la reunión se haga una semana más tarde de la fecha que figura en el escrito por circunstancias de GAMO o de la Junta Directiva, pero se hará.
GAMO, Administración de Fincas
(A este documento se adjuntan 33 peticiones)
Me pongo en contacto con usted como vecino de la C. P. Residencial Jalón para comunicarle por medio de la presente, y para que dé traslado de ésta a la Junta Directiva de dicha Comunidad, y de conformidad con lo dispuesto en la vigente Ley de Propiedad Horizontal de 21 de julio de 1960 y su reforma por Ley 8/1999, de 6 de abril, concretamente en su artículo 16. 1 (La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación), que
SOLICITO, junto con otros treinta y un vecinos, celebrar una Junta General Extraordinaria el 18 de mayo de 2007 a las 20:00 horas en primera convocatoria y a las 20:30 en segunda, en el local que tenemos en la parcela para reuniones o, en su defecto, en la parcela, junto al tablón de anuncios, para tratar como principal punto del Orden del Día la elección democrática de los toldos por los vecinos, puesto que han incumplido los siguientes acuerdos:
- el Punto 3 del Acta de la reunión celebrada con fecha 11 de septiembre de 2006, en el que dice: "En relación a los toldos se acuerda posponer la elección de modelos y colores para la siguiente Junta General de Propietarios, pudiendo entregar, el vecino que lo desee, información a la Junta Directiva, que lo expondrá en dicha Junta General".
- el Punto 5 del Acta de la reunión celebrada el 11 de enero de 2007, en el que se dice, y transcribo textualmente:
"... se piden voluntarios para la creación de una comisión que elija los colores y modelos de estos toldos, ofreciéndose para este cometido los propietarios de Mulhacén nº 4, 4º C, Calvitero nº 1, 4º A, Peñalara nº 1, 1º A y Calvitero nº 5, 1º B.
A continuación la Junta General procede a votar entre la alternativa de toldos a rayas o lisos, arrojando esta votación el siguiente resultado: a favor del liso 39 asistentes y a favor de las rayas 21 asistentes, por lo que se decide por amplia mayoría que los toldos que se instalen sean lisos.
Se informa por último de que la comisión desarrollará un índice de referencias, lo suficientemente exhaustivo, sobre las características técnicas y estéticas de esta instalación, que serán circularizadas a todos los propietarios".
Este punto es ambiguo en cuanto a su redacción en la forma de elección y no existe votación alguna de la Junta General de Propietarios respecto a la parte de que la responsabilidad de la elección de los toldos recaiga totalmente en la comisión designada en el momento.
- La elección de toldos por esta comisión, además, ha de considerarse nula, primero, porque según el anterior punto 5 del acta de la reunión celebrada el 11 de enero de 2007, los miembros elegidos para formar la comisión fueron los señalados anteriormente, elegidos entre los que se ofrecieron voluntariamente, cuando uno, concretamente el vecino de Calvitero nº 5, 1º B, ni siquiera estuvo presente en dicha Junta General ; y segundo, porque si los vecinos elegidos en Junta General eran los anteriormente citados, tenían que haber sido esos, y no otros, los que formaran la comisión para elegir colores, y me consta que además de estos cuatro, hubo otros que comunicaron con posterioridad a la reunión su deseo de formar parte de esa comisión al Presidente de la Comunidad y éste se lo permitió, invalidando por tanto el "acuerdo".
- Y, por último, y lo más importante, se ha incumplido la Ley de Propiedad Horizontal en lo que respecta a la elección de un elemento que afecta al estado exterior del edificio y a la estética del mismo, dejando en manos de una comisión de vecinos una responsabilidad que legalmente no le es propia.
Puesto que la Junta Directiva de la Comunidad y el Administrador han designado la comisión para la elección de los toldos, y siendo ésta una determinación que ha de adoptarse en Junta General, espero encuentren una solución al problema derivado de su decisión.
Valladolid, 9 de mayo de 2007
Siento poner unos mensajes tan largos, pero quería informaros de cómo iba el asunto.
Un saludo.