Hola, ya sé que este post es antiguo, pero hay otro abierto donde estamos hablando del tema del precio máximo de venta para las VPP, ya que hay una nueva normativa.
Os pongo lo que estamos hablando:
Yo estoy en la misma situación, y se me han planteado las mismas dudas sobre el dichoso "coeficiente de actualización" tan desfasado, ya que la actualización debería ser bajar el precio y adaptarlo a la situación real del mercado inmobiliario.
Es vergonzoso que toda la vivienda haya bajado en la Comunidad de Madrid y que a nosotros pretendan duplicarnoslo.
Yo también tengo un piso del plan Joven 2005-2008 de alquiler con opción a compra en 7 años.
No sé si estáis informados de que el 18 de JULIO de este año, 2013 se publicó un Decreto que modifica toda la normativa de vivienda protegida de la Comunidad de Madrid.
Modiica sobre todo y de forma muy ventajosa el Plan 2009-2012, aplicándoles unos nuevos coeficientes a ellos de 1,3, 1,5 y 1,5 en función de que compren antes del 5º año, 6º año y 7º año.
Además de ofertarles la opción a compra desde el primer año.
En cuanto a nuestro Plan, es totalmente ambiguo lo que dice,. y por tanto sujeto a interpretación.
Establece para nosotros también la posibilidad de ejercer la opción a compra desde el primer año también, siempre que medie acuerdo entre arrendador e inquilino.
Y en cuanto al derecho de ejercer la opción de compra, dice que se apliacará un coeficiente que establezca la normativa autonómica sobre financiación cualificada. ¿¿¿¿ ???
Y esta normativa cuál es?
Tanto les ha costado poner los coeficientes expresamente como lo han hecho para el plan del 2009-2012?
Pues bien, fui a la oficina de la Comunidad de Madrid a decir que quería ejercer la opción a compra y que me dijeran el precio de mi vivienda (qué coeficinte aplicar).
Y no supieron que decirme, ni de cómo pedir que quería ejercer la opción a compra ni nada sobre el coeficiente.
Les remití al nuevo Decreto del 18 de Julio, y como si no supieran nada.
Dijeron que quedaba claro que se podía ejercer la opción antes de los 7 años pero que lo del coeficiente no sabían. Y que del resto, estaba sujeto a interpretación .
Pero vamos, esto fue después de que unos preguntasen a otros porque les sonaba a chino el tema.
Si, increible.
También les pregunté por la Ayuda Directa a la Entrada y Cheque Vivienda, y me dijeron que quedaron derogadas el año pasado por la ley de medidas urgentes sobre los presusupestos del estado.
En definitiva, YA NO TENEMOS AYUDA DIRECTA A LA ENTRADA.
Sólo nos queda claro que nos descuentan el 50% de las cantidades que hayamos pagado como renta.
Pero indagando he encontrado una normativa, Orden 116/2008, de 1 de abril, de la Consejería de Vivienda, por la que se
adecuan y adaptan los precios máximos de venta y arrendamiento de
las viviendas con protección pública a lo dispuesto en el Real Decreto
801/2005, de 1 de julio, y su modificación por Real Decreto 14/2008, de 11
de enero. .....................................................................................................................
Y en su artículo 2, punto 3 establece:
3. Los precios máximos de venta por metro cuadrado de superficie útil descritos serán de aplicación para
determinar el precio máximo de venta de las viviendas en régimen de alquiler con opción a compra, de
acuerdo a lo establecido en el artículo 19 del Decreto 11/2005, de 27 de enero, y artículo 11 del Decreto
12/2005 de 27 de enero, con los siguientes límites:
a) El precio máximo de venta de la vivienda en el momento de ejercer la opción de compra, transcurridos
los siete años, será el resultado de multiplicar el precio máximo de venta que figure en la calificación
definitiva, por un coeficiente de actualización igual a 1,5.
Creo que ahí pone bien claro que el Coeficiente de actualización máximo es 1,5 transcurridos los 7 años para nuestro Plan, ya que nos regimos por ese Decreto 11/2005.
De todas formas, deberíamos unirnos todos y hacer consulta a la Oficina de Vivienda. Y presionar porque a nosotros también se nos apliquen los coeficientes de 1,3, 1,4 y 1,5, ya que nos HAN QUITADO LAS AYUDAS DIRECTAS A LA ENTRADA (CHEQUE VIVIENDA).
La consulta se puede hacer a través de la web si no se puede ir de forma presencial.
Lo que no podemos permitir es que nos dupliquen los precios de la vivienda.
Además, en el famoso Dcecreto del 18 de Julio, en el preámbulo, dice que el objetivo de la modificación es adaptarlo a la situación real del mercado (por eso les bajan los coeficientes a los del PLAN 2009-2012). Y a nosotros lo dejan ambiguo, porque en ningún sitio de dicho Decreto pone el numerito de x 2.
A ver si más adjudicatarios se unen a este foro y podemos solicitar esto en conjunto.
Escribid todos a la Oficina de Vivienda y pedid que os digan el Coeficiente que se nos aplica, y rechadaz el "coeficiente x2" que es un abuso.
Por otro lado, un ususario decía que teníamos que atenernos a lo firmado.
En el contrato que hemos firmado viene que tenemos las Ayudas que ya han sido derogadas.
Por tanto, ya el contrato no es lo que hemos firmado.
Así que la conclusión es que hacen una nueva normativa para adecuar los precios de la vivienda y bajar los coeficientes a algunos entre otras cosas, y a nosotros nos incrementan el precio ya que hemos dejado de tener derecho a esa Ayuda.
No es coherente y debemos reclamar, o que nos aclaren si es 1,5 como pone en esa ORDEN que es lo único que he encontrado de Normativa en materia de precios de vivienda protegida.
Un saludo.