Comosardinas, es verdad, es un abuso, despues de leer la ley de Arrendamientos Urbanos.
Aquí tienes el enlace:
Ley de Arrendamientos Urbanos
Decreto de la Comunidad de Madrid
Si te fijas bien veras que los gastos son a cuenta del propietario a no ser que se pacte lo contrario con el inquilino...
Artículo 20. Gastos generales y de servicios individuales.
1. Las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario.
En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación.
En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie.
Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración.
...¿vosotros habéis pactado algo? Yo desde luego no. El día de la firma iré con un abogado y si quieren obligarme a pagar todo eso no lo haré y tomaré las medidas necesarias.
No pienso firmar cláusulas abusivas y ya lo he dicho antes... si no queda otra se meteran la casa por donde amargan los pepinos.