Cris_82 dijo:
Hola a todos!! Me enteré hace un par de semanas que me habia tocado un piso porque había estado de vacaciones!! es buenísimo.. Yo no tengo mucha más imformacion que vosotros! La verdad es que hay muchisima información en este foro! Pero como todos os digo mis dudas:
-Respecto a los ingresos que no debes superar no esta ada claro.. A mi tb me dijeron en la Oficina de la Vivienda que eran unos 42000 euros, pero después me lo calcularon y me dijeron que eran unos 33.000 euros.. pero esta renta no la debes superar en el momento de hacer el contrato de alquiler, no?? Ademas me han dicho que cada uno de los 7 años de alquiler te miran esta renta!! Alguien sabe si esto es verdad?? Alguien me puede sacar de dudas??
Muchas gracias!! Y enhorabuena a todos futuros vecinos!!
Espero poder responder a tu pregunta:
El límite salarial que indican en la documentación para la adjudicación dice que es 5,5 veces el IPREM, que si tú lo calculas de la siguiente manera: 5,5 x 5.990,40(IPREM) te sale 32.947,2, pero esto no es real, induce a error, porque en realidad el 5,5 es el indicador, la fórmula de cálculo para el límite de la base imponible máxima no es esa, en realidad la base imponible máxima para 1 ó 2 miembros de unidad familiar es 46.113 euros, porque es 5,5 x IPREM / coeficiente de unidad familiar (que exactamente no se cuál es), pero te puede ayudar esta calculadora que está publicada en la web de la comunidad de Madrid:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?MI=1109267999922&c=OVIC_InfGen_FA&cid=1142311284070&language=es&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM Por otro lado, esto no se debe superar en la declaración de la renta que presentes a la firma del contrato, es decir, que en nuestro caso supongo que será la presentada en 2009, y que corresponde a la declaración del año 2008, después puedes cobrar lo que quieras...Vamos, dile a tu jefe que en 2008 te puede pagar eso, más no, jeje.
Un saludo,