La junta pone que fue el dia 1.
Y si.. si puede la mancomunidad aprobar presupuestos.Las normas que se aprobaron lo pone claramente:
Articulo 10.
El sistema de adopción de acuerdos se regirá por lo dispuesto en el Artículo 24 de la ley de
propiedad horizontal, requiriéndose la previa obtención de la mayoría de que se trate en cada junta de
propietarios que integran la mancomunidad en los casos de mayorías cualificadas, entiéndase unanimidad y 3/5
de votos que supongan además las 3/5 partes de las cuotas de participación. En el caso de acuerdos para los
que se requiere mayoría simple, será suficiente la votación de la junta de la mancomunidad.
A mi ni me gusta ni me disgusta, pero es asi y me parece lo mas lógico si queremos que funcione algo en esta comunidad. en todo caso así se aprobó.
Por cierto en mi portal si se comentaron algunas de estas cosas hace tiempo, pero no os digo de cual soy , para no dar pistas :)