Otra cuestión sacada de
http://www.notariado.org Compra de vivienda
Pregunta acerca de: Impuestos por la compra de una vivienda nueva
Estimados señores:La cuestión que les planteo es sobre que tasas se cobran al efectuar la escritura ante notario de un piso nuevo o en el caso de que no se una cuantia fija, sí existe un porcentaje y sobre que cantidad ¿entiendo que sobre lo escriturado? Gracias de antemano.
Respuesta:
Estimado Juan Carlos:
Los impuestos que gravan la compra de una vivienda nueva (comprada directamente al promotor) son los siguientes:
a) I.V.A., al tipo del 7% sobre el precio final. Se paga al vendedor conjuntamente con las cantidades entregadas a cuenta y el precio que quede en el momento de la firma y deberán entregarle la factura correspondiente. Se aplica un tipo reducido del 4% si se trata de una vivienda de protección oficial y se cumplen determinadas condiciones.
b) Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Asciende al 0,5% del precio final y se paga cuando se firma la escritura de compraventa. En algunas comunidades autónomas este impuesto no procede tratándose de viviendas de protección oficial o si se cumplen determinadas condiciones.
c) En el caso de que el comprador se subrogue en el préstamo hipotecario que tuviera concedido el promotor, esta operación no está sujeta al pago de tributo alguno.
d) Si, por el contrario, solicita usted un préstamo hipotecario para financiar la compra, deberá afrontar el pago de un 0,5% adicional en concepto de Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, aplicado sobre la total de la responsabilidad hipotecaria, lo que viene a suponer alrededor del 1% del importe del préstamo.
e) A estas cifras deberá usted añadir las comisiones bancarias de apertura o subrogación, que dependen de la vinculación del cliente con la entidad de crédito, de las características personales de cada cliente y de la política de cada entidad y que suelen rondar el 1% del importe del préstamo hipotecario. Debe añadir además el coste de la tasación de la vivienda (que es variable y depende de cada entidad de tasación) ; la prima del seguro multirriesgo de la vivienda que su entidad de crédito le exigirá para concederle el préstamo y los gastos de la tramitación de las escrituras (liquidación de impuestos, cambios del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, inscripción en el Registro de la Propiedad, etc.), que varían de unas entidades a otras.
f) Por último, deberá pagar los gastos correspondientes a la Notaría y el Registro de la Propiedad que, son de un importe muy inferior incluso al de las comisiones bancarias y que para operaciones normales en importes que oscilen en torno a los 25 o 30 millones de pesetas rondarán las 150.000 pesetas para la compraventa y otras tantas para el préstamo.
Como verá, los gastos notariales y registrales son una parte ínfima de los costes derivados de la adquisición de una vivienda pues incluyendo el préstamo hipotecario, su importe total asciende aproximadamente a un uno por ciento del valor total de la vivienda, repartiéndose más o menos por mitad entre el compra y el préstamo. Con esta cantidad usted tiene garantizada (y asegurada) para siempre la adquisición de la propiedad de su vivienda, la libertad de cargas anteriores, la conservación del original de su título de compra en el protocolo de la Notaría, la inscripción de su copia autorizada por el Notario en el Registro de la Propiedad y la protección frente a todos de su carácter de propietario frente a quien pusiera en tela de juicio sus derechos al respecto. Y por si esto fuera poco, gracias a la seguridad absoluta proporcionada por el sistema notarial-registral español, podemos presumir de disfrutar de los préstamos hipotecarios con intereses más bajos de toda la zona euro, del orden de 1,5 o 2 puntos porcentuales menores que los habituales en Alemania, Francia o Italia, por ejemplo y con unas tarifas notariales muy inferiores.
Pese a ello, a fin de mejorar aún más los servicios que el Notariado español presta a la sociedad, estamos desarrollando un proyecto denominado "ventanilla única", pionero en Europa y que mediante el uso de las nuevas tecnologías va a suponer la conexión informática en tiempo real de las notarías con los registros de la propiedad, los ayuntamientos, el catastro y hacienda. Ello permitirá a los ciudadanos realizar desde la Notaría todos los trámites necesarios para la compra de vivienda, en un tiempo mucho más reducido que el actual y al mínimo coste.
Esperamos haberle sido de utilidad. Muchas gracias por su consulta.