Dentro de la descripción que realiza Sully (muchas gracias, por cierto por la explicación), indica que el libro de regimen interno, obliga a "propietarios e inquilinos". Se que estoy en una situación minoritaria como inquilino y no propietario, pero me gustaría que de cara a la próxima junta tuvierais en cuenta que a la hora de identificar los derechos u obligaciones de los propietarios se incluya, cuando corresponda, a los inquilinos. Así por ejemplo, en la propuesta de normas de uso de la pista de Padel, se hacía alusión a que solo los propietarios podrán hacer la reserva de pista, y debería incluirse a los inquilinos, dado que somos nosotros los que pagamos la comunidad y por lo tanto asumimos los costes de uso y mantenimiento.