JMMOLINA sobre tu comentario final. El local no ha pedido permiso para alterar las zonas comunes, o al menos al presidente no le consta, ademas de que ese permiso, al tratarse de zona comun, se debe hacer una reunion para el aprobamiento de la comunidad. Es mas creo que directamente la ley prohibe hacer esos cambios.
El artículo 7 de la Ley 49/1960, de 21 de Julio, sobre Propiedad Horizontal, queda redactado en los siguientes términos:
1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.
En el resto del inmueble no podrá realizar alteración alguna y si advirtiere la necesidad de reparaciones urgentes deberá comunicarlo sin dilación al administrador .
bajo mi punto de vista el propietario querr´´a dejar a nivel del paso su local,ya que este esta por encima del nivel del suelo. A excepcion de la parte dcha del local que si esta a nivel, y deberia hacer por ahi su puerta, ya que ni siquiera seria legitimo que hiciera una escalinata, ya que ademas de estar modificando zona comun estaria invalidando la utilidad de la rampa. Que aunque creo que no hay minusvalidos en la finca hoy por hoy, si que hay mamás con carritos de niños que suben por ahi.
Hoy iba la administradora a ver el asunto, esperemos que no tenga un mal acabar y se puedan hacer las cosas como es debido.