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cristina progasur
01/07/2003 22:23

ojo con la estipulacion 2ª del contrato

¿Cómo se puede cuantificar lo que es necesario en el contrato de asignación de vivienda?

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Me acabo de leer el borrador del contrato de asignacion de vivienda y en la estipulación segunda pone : ´ el socio aportará la cantidades que sean necesarias para soportar el coste de los otros elementos no calificados como Protección Pública tales como locales, plazas de garaje libres u otros bienes´. A mi lo que me causado horror es el término ´ cantidades que sean necesarias´ ya que es un término jurídicamente indeterminado. ¿ Cómo se puede cuantificar lo que es necesario? Mañana nos pueden pedir 3.000 euros para los locales porque sea ´ necesario´ y asi sucesivamente y estan en su derecho porque nosotros habremos consentido.

Yo creo que debemos pelear para que se defina de forma clara y concisa el coste de los bienes de regimen libre y sus posibles incrementos.

Yo en estas condiciones veo arriesgado firmar el contrato de asignación porque falta definicion de los terminos economicos.
 

Fin del hilo
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