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txeli77
27/11/2006 01:09

Ya somos comunidad de vecinos

¿Cómo se ha constituido la comunidad de propietarios y cuáles son las taxonomías más importantes?

2.784 lecturas | 26 respuestas
Bueno pues por mayoria se ha constituido la comunidad de PROPIETARIOS
Se ha hecho como JUNTA GENERAL DE PROPIETARIOS guiada por el administrador que ha puesto la constructora y que ha dicho que nos regala hasta diciembre , enero ya lo pagamos nosotros
Hemos firmado nada mas llegar una hoja de asistencia
-Se ha elegido una presidenta y 5 vicepresidentes (somos 6 portales)
-Se va a abrir una cuenta bancaria con firma autorizada de la presidenta y dos vicepresidentes
-Se nos ha informado de que las cuotas de la comunidad seran de 60 a 75 eur. y que la contratacion del servicio de ascensores (mantenimiento y telefono) ascenderia a unos 3000 eur. por ascensor , se ha dicho que tambien se haria frente a la contratacion del agua y luz pero creo que no se especifico cuanto nos costaria esto , bueno total 150eur. por vecino a ingresar cuando se abra la cuenta y nos llegue la carta del administrador
Se dio la autorizacion para la contratacion de los servicios , el administrador dijo que la constructora no queria saber nada de estos gastos y expuso que si esto no se hacia ya , podiamos retrasarnos para entrar en el piso y la mayoria respondio que si

Asi que por mayoria la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS queda constituida
A opinar todos venga

 
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pichoncitos
05/12/2006 14:19
alguien sabe cuando vamos a ver los pisos, habeis hablado con erika alguno.
 
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deibid
30/11/2006 01:32
Muchas gracias a _Persefone_ y txeli77. Creo que con vuestras explicaciones las cosas van quedando bastante claras.
Se agradece de verdad que las personas que conocen el tema ayuden a personas que como yo se nos escapan un poco...
Yo, al igual que txeli77 sigo teniendo la duda en el famoso parrafo "La parte compradora..... por tiempo imprescindible..."
 
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txeli77
30/11/2006 00:56
Gracias persefone por habertelo currado tanto

Como bien dices estas cosas crean desconfianza y mas cuando no nos han puesto cocinas porque no les dejaron subir el modulo , cuando se han ahorrado la valla , no han dejado hacer cambios , el solado..... que tambien has dicho , lo logico y normal es que cree desconfianza porque uno ya no sabe si se quieren ahorrar esto tambien o no....

Si la cosa hubiese sido diferente y hubiesemos visto ya como esta todo quiza pagariamos la mar de contentos

Creo que a la reunion del domingo tuvo que ir alguien de prolasa ya que como dice el contrato los no asistentes se ven representados por ellos y si fue alguien nos podia haber explicado algo para quedarnos mas tranquilos

Creo que queda claro que los desperfectos los arregla la constructora por el sistema de seguros que has puesto y que viene en la ley de ordenacion de la edificacion

Los ascensores tambien queda claro he preguntado a los que han venido precisamente hoy a hacer la revision de donde vivo ahora y lo que se contrata es un mantenimiento anual por lo que no seria de recibo que la constructora pagase los ascensores de todo un año

Pero que quieres que te diga , a mi me sigue intrigando esto:
La parte compradora faculta expresamente a la parte vendedora para que en nombre de la comunidad contrate por el tiempo imprescindible , los servicios precisos para la puesta en funcionamiento del edificio y , en su caso , de la urbanización , incluida la poliza de un seguro que cubra el riesgo de incendios del edificio , obligandose a la parte compradora a sufragar a partir de la entrega de llaves o de su ofrecimiento el porcentaje de la prima que corresponda a la vivienda adquirida

Pero bueno que lo dicho , lo hecho , hecho esta y en la primera reunion de vecinos ya se hablara y alli nos vemos todos en corrillo y con un cajon de cervecitas en medio

 
A
alberto82
29/11/2006 16:31
Yo también creo que a lo mejor se están malinterpretando algunas cosas. No se pagará nada antes de las escrituras, solo se recauda la cantidad para sufragar los gastos de comunidad. Ese dinero solo lo pueden sacar el presidente o vicepresidentes con la autorización de al menos dos de ellos, por lo que el administrador no tiene poder sobre él. Y no se contratará nada hasta que no nos den las llaves.

Es cierto que esta no debe ser la primera reunión, pero ¿alguno de vosotros el dia que vea los fallos, si no le convence, va a rechazar el piso? Supongo que no, por lo que esta reunión es necesaria. Por esa regla de tres, el dinero que estamos pagando mensualmente no lo deberíamos de pagar tampoco hasta que no firmemos escrituras. Si mañana Prolasa desaparece no somos propietarios de nada....

La duda que me corroe a mi, es si esos gastos son nuestros o de la promotora.
 
M
marivi99
29/11/2006 16:13
Yo debo ser muy paleta pero que queréis que os diga hasta que no tenga mis escrituras firmadas yo no doy ni un duro para la comunidad.

Realmente no tenemos nada y mucha agilización para dar de alta los servicios pero nada de rápidez para ver los fallos y entregarnos ya las viviendas.

Pero bueno, cada uno es muy libre de hacer lo que quiera.
 
_
_Persefone_
29/11/2006 14:15
Hola,buenos días!!
Lo que se dijo el otro día en la reunión quedó bastante claro. No vamos a pagar nada k no nos corresponda, y aunque pongamos el dinero ahora es para la entrega de llaves y agilizar la contratación de servicios.

No sé que es lo que exactamente os inquieta Txeli77,deibid,y EstoyBloqueado si es lo del dinero que tenemos que pagar, tarde o temprano lo teníamos que hacer.
En el contrato como bien ha dixo Txeli77 pone:
La venta se efectua con cuantos derechos , usos, servicios y servidumbres le sean inherentes a la vivienda y , en su caso anexos vendidos, y resulten del proceso de edificación de las normas urbanisticas de la zona, incluida la parte proporcional que le corresponda en los elementos comunes del edificio y en su caso, en las zonas comunes de la urbanización , libre de arrendatarios y ocupantes y en el estado de cargas que resulte de lo previsto, en este contrato y sus anexos.
En todo caso, las cargas deberan constar expresamente en este contrato o en la documentación entregada con el mismo

Pero esto viene a decir que la vivienda te la venden con todas las acometidas de las instalaciones, con los servicios,(que llegan a nuestras casas y nuestra comunidad) pero para que podamos disfrutarlos tenemos que darlos de alta, y eso si que NO corresponde a la constructoras sino a los adquirientes de las viviendas y a los comuneros a lo que se refiere a las partes comunes del edificio.

SEPTIMA.- COMUNIDAD DE PROPIETARIOS (3º parrafo)

La parte compradora faculta expresamente a la parte vendedora para que en nombre de la comunidad contrate por el tiempo imprescindible , los servicios precisos para la puesta en funcionamiento del edificio y , en su caso , de la urbanización , incluida la poliza de un seguro que cubra el riesgo de incendios del edificio , obligandose a la parte compradora a sufragar a partir de la entrega de llaves o de su ofrecimiento el porcentaje de la prima que corresponda a la vivienda adquirida
No tenían autorización para la contratación de los servicios, hasta que el pasado domingo se la dimos, y en dicha reunión quedó muy claro que esos 150 euros no los vamos a pagar por ellos porque no les corresponde , sino por nosotros, y que son para la entrega de llaves, si los pagamos antes es porque desde que solicitas las altas hasta que las realizan tardan un tiempo que nos podemos ahorrar

Hola EstoyBloqueado, el administrador se comprometió a no cobrar nada hasta la entrega de llaves sea en Enero o posteriormente. Esperemos que en Enero.
Los ascensores los tenemos que mantener los vecinos porque a nadie le gusta regalar nada, y como los vamos a disfrutar nosotros, pues imagina si no nos han puesto cocinas,ni nos han dejado hacer cambios y se han ahorrado el muro perimetral y el solado, por qué crees que nos van a pagar algo que no les corresponde?Y no es lo mismo que paguemos las farolas,de eso se encarga el ayuntamiento, aunk supongo q tb las pagaremos con nuestros impuestos.

Debid, los pisos tienen luz y agua porque cuando realizan las obras lo necesitan y hacen instalaciones provisionales que luego pueden ser definitivas o no, pero son de obra y se utilizan hasta que ésta acabe.

Ley de propiedad horizontal:
Artículo 10
1. Será OBLIGACION DE LA COMUNIDAD la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad.
Estamos obligados a esto, pero no ya, quiero decir, no hay que confundir nuestras obligaciones como adquirientes de una vivienda y su mantenimiento y conservación del edificio, con las obligaciones y responsabilidades de los agentes que intervienen en el proceso de la construcción, que establece la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación)Ya que estos tienen que darte el edificio con las adecuadas condiciones estructurales , de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad. Vamos, que si os preocupa que nos tuviésemos que hacer cargo de las “chapucillas” que nos encontremos, no es así, nos tienen que darnos el edificio en buenas condiciones , luego ya sí que corre por cargo nuestro.

CAPITULO IV DE LA LOE
Resumo un poco: Habla de la responsabilidad civil de los agentes q intervienen en el proceso de la edificación, que tienen que responder frente a los propietarios y terceros adquirientes de los edificios, en caso de los siguientes daños materiales ocasionados en el edificio, dentro de los plazos indicados, contados desde la fecha de recepción de la obra, sin reservas o desde la subsanación de éstas:
Tienen seguro decenal : para cubrir durante 10 años los daños estructurales del edificio que comprometan la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.
Seguro trienal : cubre durante 3 años los defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones q incumplan los requisitos de habitabilidad.
Seguro anual : el constructor responderá dentro del plazo de un año de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras.

Bueno, solo decir que Andg se expresó muy bien y nada, un saludo, siento la parrafada y espero que no tengamos malos rollos, que hablando nos entendemos, y q es normal que que la entrega de nuestras viviendas genere desconfianza, pero yo creo que lo del domingo se hizo para bien nuestro.
 
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txeli77
28/11/2006 18:53
Pongo un enlace que puede ser interesante

http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?men=256908&codcat=115%20230%20307%20000

yo sigo sin tener ni idea....
 
T
txeli77
28/11/2006 10:23
Eso ya lo vereis vosotros deibid , si la mayoria quiere formarla que se forme. Si total , de verdad , me la pela que seamos comunidad o no , lo que no entiendo es lo de pagar nosotros esos 150 eur. que al final , despues de todo lo que tenemos que pagar , no es nada pero lo que me jode mas es que me tomen por tonto
 
D
deibid
28/11/2006 08:45
Joder Txeli77!!! se ve que te has documentado la mar de bien.
Muchas gracias por aclararme las dudas que tenía. Me ha quedado claro la postura de la constructora... Estaremos al tanto en la otra promoción para que no nos pase esto...
 
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txeli77
28/11/2006 00:15
EstoyBloqueado lo que se da de alta de ascensores es el mantenimiento obligatorio que deben de tener

kappa70 como ya he dicho antes es la decision de la mayoria , por lo que legal o no , es lo que ha querido la gente asi que lo que se ha hecho se queda , y contratar a un abogado se me escapa asi que lo hablamos en la primera reunion de vecinos y del mismo modo se hara entonces , por mayoria , pero no hace falta que lo digas en plan "deja de dar por culo" porque hasta ahora todo el mundo ha dado su opinion sin esos desprecios

CONTRATO DE COMPRAVENTA
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA
SEPTIMA.- COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

(1º parrafo) lo que yo entiendo que dice aquí es que nosotros autorizamos a que la promotora convoque la 1ª reunion para constituir la comunidad y obtener el NIF PERO NO DICE CUANDO SE HARA ESTO
(2º parrafo) que la parte vendedora fijara el orden del dia mandara las cartas y todo eso que se hizo dia lugar…. Y que si alguien no asiste lo representara la promotora
(3º parrafo) Esto viene a decir que ya tenian autorización para la contratación de los servicios precisos para la puesta en funcionamiento del edificio y según esto hemos de pagar por ellos a partir de la entrega de llaves , no antes

Leido desde "El comprador" hasta "inmueble adquirido" y por mas que lo leo no entiendo otra cosa

Y ya que algunos estan tan puestos de leyes:

Ley de propiedad horizontal: http://www.comunidades.com/comunidades/legislacion/reforma_lph.htm
(copio y pego)
Artículo 10
1. Será OBLIGACION DE LA COMUNIDAD la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad.
YA ESTAMOS OBLIGADOS A ESTO????
Artículo 13
2. El Presidente será nombrado, entre los PROPIETARIOS, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo. El nombramiento será obligatorio, si bien el propietario designado podrá solicitar su relevo al Juez dentro del mes siguiente a su acceso al cargo, invocando las razones que le asistan para ello. El Juez, a través del procedimiento establecido en el artículo 17.3 resolverá de plano lo procedente, designando en la misma resolución al propietario que hubiera de sustituir, en su caso, al Presidente en el cargo hasta que se proceda a una nueva designación en el plazo que se determine en la resolución judicial.
4. La existencia de Vicepresidentes será facultativa. Su nombramiento se realizará por el mismo procedimiento que el establecido para la designación del Presidente.

-EL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTES NO LO HA NOMBRADO NINGUN PROPIETARIO.

Artículo 17
El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las TRES QUINTAS PARTES DEL TOTAL DE LOS PROPIETARIOS que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. El arrendamiento de elementos comunes que no tenga asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere.

-ALGUIEN EN LA REUNION HA VISTO CONTAR A ALGUIEN Y HACER EL CALCULO DE LAS 3/5 PARTES?

Artículo 19
2. El acta de cada reunión de la Junta de propietarios deberá expresar, al menos, las siguientes circunstancias:
f) Los acuerdos adoptados, con indicación, en caso de que ello fuera relevante para la validez del acuerdo, de los NOMBRES de los PROPIETARIOS que hubieren votado a FAVOR y en CONTRA de los mismos, así como de las cuotas de participación que, respectivamente, representen.

-ALGUIEN HA COGIDO EL NOMBRE DE LOS VOTOS A FAVOR Y EN CONTRA?

-Y EN TODO EL TEXTO SE HACE REFERENCIA A LA COMUNIDAD COMO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS

Pero la mayoria de la gente queria formar la comunidad por lo que lo mejor es que se quede como esta , pero a mi entender y humilde opinión el acto del domingo es impugnable por no ajustarse a lo anteriormente expuesto



 
EstoyBloqueado
EstoyBloqueado
27/11/2006 17:59
Andg dijo:

Buenas tardes,

Ayer hicimos lo correcto, me explico:

La luz de la comunidad, el agua de la comunidad y todos los servicios se contrata por la comunidad ya que se necesita un NIF para poder dar de alta estos servicios y los paga la comunidad.

Habitualmente esto se hace una vez que eres propietario que es cuando se crea la comunidad de propietarios y hasta ese momento se "suele" utilizar la famosa Luz de obra pero hay casos en que no existe luz de obra por razones de seguridad y ahora nos cubrimos en salud.

Constituyendo ahora la comunidad no ahorramos ningún dinero a nadie ni a la constructora (que no esta obligada a darnos nada de luz ni agua solo la instalación) ni a nosotros que antes o despues lo vamos a pagar, lo que si ahorramos es tiempo ya que de 2 meses que es el tiempo habitual en darse de alta pasariamos a pocas semanas (que si tenemos suerte podremos usar luz de obra).

En resumen solo acortamos los tiempos para hacer de nuestra casa un hogar habitable.

Todo esto lo sé porque a mi novia le dieron los pisos en Julio en el Bercial y aún están arrastrando este tipo de problemas por hacer las cosas tarde.

Espero haberme explicado bien.

Saludos


Hola Andg, ¿qué tal?.
Como veo que más o menos sabes cómo va esto, me gustaría que también explicases el tema de los ascensores (¿por qué tienen que darlos de alta los vecinos y no la promotora? ; ¿no es como si le pidieran a los vecinos que pagaran la instalación de las farolas de la calle?) para ver si en ese tema tampoco hay que preocuparse.
Gracias por la explicación de antes y, bueno, si respondes a esta, también gracias anticipadas...
Salu2.
 
D
deibid
27/11/2006 17:53
Buenas tardes
Yo también he leido el contrato que firmamos y por lo que he podido comprobar la constructora tiene que contratar por el tiempo que sea imprescindible los servicios precisos para la puesta en funcionamiento del edificio y, en su caso de la urbanización. Lo que no entiendo es que si según el contrato corre por su cuenta hasta entrega de llaves, porqué nos hacen pagar 150 euros.
Otra cosa que no entiendo y que a ver si me lo explica alguien es porqué ayer en la reunión la constructora había dado ya de alta algunos servicios (el agua por ejemplo) y para otros no...
Según el administrador para el agua simplemente sería un cambio de titular mientras que para los demás servicios sería un alta.
Agradezco quien me pueda aclarar esta cuestión
Por otro lado, me pasé por las obras y puedo certificar que los pisos ya disponen de agua y de luz... lo cual me hace que entienda menos las cosas.
Gracias y un saludo
 
K
kappa70
27/11/2006 16:59

Gracias.
Creo que lo has explicado muy bien.

Muchas, muchas gracias.
 
A
Andg
27/11/2006 16:39
Buenas tardes,

Ayer hicimos lo correcto, me explico:

La luz de la comunidad, el agua de la comunidad y todos los servicios se contrata por la comunidad ya que se necesita un NIF para poder dar de alta estos servicios y los paga la comunidad.

Habitualmente esto se hace una vez que eres propietario que es cuando se crea la comunidad de propietarios y hasta ese momento se "suele" utilizar la famosa Luz de obra pero hay casos en que no existe luz de obra por razones de seguridad y ahora nos cubrimos en salud.

Constituyendo ahora la comunidad no ahorramos ningún dinero a nadie ni a la constructora (que no esta obligada a darnos nada de luz ni agua solo la instalación) ni a nosotros que antes o despues lo vamos a pagar, lo que si ahorramos es tiempo ya que de 2 meses que es el tiempo habitual en darse de alta pasariamos a pocas semanas (que si tenemos suerte podremos usar luz de obra).

En resumen solo acortamos los tiempos para hacer de nuestra casa un hogar habitable.

Todo esto lo sé porque a mi novia le dieron los pisos en Julio en el Bercial y aún están arrastrando este tipo de problemas por hacer las cosas tarde.

Espero haberme explicado bien.

Saludos
 
K
kappa70
27/11/2006 15:07

Hola Alberto:
Tu solo estas pagando por los metros cuadrados de tu vivienda, tu plaza de garaje y tu trastero mas el 7% de iva.
Hasta ahi claro???!!!!
Tu, ayer, elegiste un representante de tu comunidad. Osea que ya eres comunidad. Los 150 Euros iran a la cuenta de la comunidad no a la de Prolasa.
Vamos, yo entiendo (por que asi lo vote) que mi administrador, mi presidente y mis vocales, con el dinero de todos, van a contratar los servicios para todos.
Txeli: lee las condiciones generales, la septima, pero desde que empieza por "El comprador" hasta "inmueble adquirido".
Y si no lo entiendes llama a un abogado y denuncia a la comunidad de propietarios que para lo que te intereso bien que firmaste.
 
T
txeli77
27/11/2006 14:04
Segun pone en el contrato la empresa ya tiene la autorizacion para contratar esos servicios y son ellos los que los contratan , los vamos a disfrutar nosotros , si pero en nuestros pisos y el gasto de los servicios de la comunidad segun el contrato corre a cuenta de la constructora hasta la entrega de llaves
Pero es lo que yo he entendido en el contrato y no tengo ni idea de leyes , pero por mas que me lo leo no entiendo otra cosa
Interpretarlo vosotros aver que sacais en claro
 
A
alberto82
27/11/2006 13:55
Claro que es para nosotros, pero eso podrían haberlo incluido en el precio, y luego volver a cobrarlo (es una hipotesis, no creo que sea así). Por eso hay que estar informado sobre el tema y no aceptar con los ojos cerrados.
 
K
kappa70
27/11/2006 13:42

Hola Alberto:
No se si lo tiene que pagar prolasa pero... ¿Por que lo va ha tener que pagar si los vas a disfrutar tu?
Creo que es un poco logico. Los ascensores son para nosotros, la luz es para nosotros y el agua tambien. No????!!!! Es que no se.
 
A
alberto82
27/11/2006 12:37
Bueno, yo creo que está claro que los servicios hay que tenerlos, pero según txeli, esto lo tiene que pagar Prolasa. Si esto es así, estamos pagando 150 euros de mas que no tendríamos que pagar ¿no es cierto?
 
K
kappa70
27/11/2006 12:14
Hola bloque 1 bajo no se que letra.
Creo que puedo aclararte tus dudas segun lo que entendi yo ayer:
La comunidad esta obligada a contratar TODOS los servicios para su funcionamiento (Agua, Luz, ascensores, garajes etc)
Lo que se panteo ayer es ir contratandolo para cuando den los pisos.
La otra opcion es no contratar nada hasta que nos den los pisos y entoces no tendremos nada hasta Abril del año que viene.
 
T
txeli77
27/11/2006 11:55
Si , estan preparados los servicios cuando nos den los pisos y eso que adelantamos pero ,porque tenemos que pagarlos nosotros?

Si en el contrato viene que los pagan ellos porque los pagamos nosotros??

Yo creo que cada uno contrata los servicios de SU piso , su agua , su luz ..... pero los servicios de las zonas comunes no son responsabilidad nuestra a no ser que seamos COMUNIDAD DE PROPIETARIOS y eso que se han ahorrado. Yo creo que todos los servicios a la entrega de llaves deben de llegar a la puerta de mi casa , lo que contrate despues es cosa mia
Los ascensores si quedo claro que no se pagan hasta la firma de escrituras
 
A
alberto82
27/11/2006 11:13
Buenas Txeli, por lo que yo entendí ayer, no se va a pagar nada antes, si no que el dinero que se va a necesitar para estos servicios se tenga preparado. Hay mucha gente que necesita entrar a vivir cuanto antes, y estos servicios los necesitarán desde el primer dia.
¿Tu crees que hay algo que nos puede perjudicar por haber creado la comunidad?
Un saludo.
 
EstoyBloqueado
EstoyBloqueado
27/11/2006 10:58
Hola txeli,
yo decía lo de la entrega porque como bien dices, os han "regalado" el Adminitrador hasta Enero pero... quién dice que en Enero los pisos estén entregados?. Ojalá no sea así, pero yo pienso que tal y como han ido los tiempos de entrega en otras promociones y viendo el problemilla de la valla sin solucionar, dudo un poco que puedan entregarlos para Enero (como digo, espero estar equivocado).
Salu2.
 
T
txeli77
27/11/2006 10:37
tool (buen grupo por cierto) cuando nos den el piso nos tienen que dar los servicios contratados , creo yo
EstoyBloqueado por mas que miro en el contrato no veo cuando nos lo entregan , pero mientras , estaremos pagando , seguro

Y ya que tal le he hechado un ojo al contrato que tenemos todos

CONTRATO DE COMPRAVENTA
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO (parrafos 3 y 4)
La venta se efectua con cuantos derechos , usos, servicios y servidumbres le sean inherentes a la vivienda y , en su caso anexos vendidos, y resulten del proceso de edificación de las normas urbanisticas de la zona, incluida la parte proporcional que le corresponda en los elementos comunes del edificio y en su caso, en las zonas comunes de la urbanización , libre de arrendatarios y ocupantes y en el estado de cargas que resulte de lo previsto, en este contrato y sus anexos.
En todo caso, las cargas deberan constar expresamente en este contrato o en la documentación entregada con el mismo

-La venta se efectua ya con los servicios y en el contrato constan como cargas varios apartados pero ¿alguien ha visto que venga en el contrato algo que diga que la contratación de los servicios los pagamos nosotros?


SEPTIMA.- COMUNIDAD DE PROPIETARIOS (3º parrafo)

La parte compradora faculta expresamente a la parte vendedora para que en nombre de la comunidad contrate por el tiempo imprescindible , los servicios precisos para la puesta en funcionamiento del edificio y , en su caso , de la urbanización , incluida la poliza de un seguro que cubra el riesgo de incendios del edificio , obligandose a la parte compradora a sufragar a partir de la entrega de llaves o de su ofrecimiento el porcentaje de la prima que corresponda a la vivienda adquirida

-Esto viene a decir que ya tenian autorización para la contratación de los servicios precisos para la puesta en funcionamiento del edificio y según esto hemos de pagar por ellos a partir de la entrega de llaves , no antes

 
EstoyBloqueado
EstoyBloqueado
27/11/2006 09:31
Hola chic@s,
soy vecino de la otra promoción (166 viviendas) y tengo una pregunta:
- ¿Os han dicho exactamente la fecha de entrega de vuestros pisos?.
Salu2. Gracias.
 
T
tool
27/11/2006 08:39
Hola. Soy nuevo por este foro. Ya veo que habeis estado en continuo contacto. Ayer no puede ir a la reunión pero asistieron mis padres en mi representación. Soy del portal 4 , 2ºB.
Me alegro que casi todo (menos la valla perimetral) este saliendo bien.
En cuanto a la constitución de la Comunidad de Propietarios, pienso que es bueno haberla hecho ya. Tendremos todos los servicios contratados cuando nos den el piso y nos ahorrara trámites posteriormente.

Un saludo vecinos.
 

Fin del hilo
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