No sé si habéis visto este link, es de la comunidad y pone en un cuadro los requisitos de las distintas tipologías de vivienda.
http://www.madrid.org/oficinavivienda/Contenidos/1_PLANES/11_Plan_Vivienda_0508/TR_PVCM.pdf No entiendo lo de "Duración del régimen de la califiación: 20 años" sin embargo en ´obligaciones de los adjudicatarios´ entiendo que hasta los 15 años siguientes a la compra se puede vender por el precio al que esté el módulo no pudiendo vender en ningún caso durante los primeros 5 años si se ha recibido algún tipo de ayuda económica que no es nuestro caso. Después de 15 años se descalificaría, esto es lo que no me cuadra con lo que pon en "Datos de la Vivienda". Supongo que si uno se quiere ir a vivir a otra provincia por trabajo o lo que sea siempre se podrá vender por el precio del módulo de VPPL, o al menos eso espero.
Un saludo.