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Gelines
27/08/2004 10:14

Modo de cobrar PLUSVALÍA ILEGAL

¿Cómo podemos hacer frente al pago de la plusvalía en la compra de un terreno?

13.081 lecturas | 62 respuestas
Buenos días, sobre el tema del pago de la plusvalía, creo que aún podemos hacer algo al respecto. Vereis, Pryconsa nos pide la cantidad reflejada en la cartita para curarse en salud. Os explico: Como por ley la plusvalía corresponde a la parte vendedora, quiere asegurarse de que nosotros vamos a pagarla, porque si alguno no la paga, Hacienda, a quien va a reclamar es a Pryconsa, dándole igual que haya un contrato privado entre las partes que nos obligue a nosotros frente a ese pago. Es cierto que el contrato nos obliga a pagar el importe de la plusvalía, y ante eso, no podemos hacer nada porque los contratos tienen fuerza vinculante entre las partes y nosotros lo hemos firmado.
Pero lo que no está firmado en ningún lado es un contrato entre nosotros y la Gestoría. Seguramente Pryconsa sí lo tiene firmado (será un contrato de mandato), normalmente, en la firma de escrituras ante Notario, los que van son la Gestoría... pero hay que tener en cuenta que a nosotros no pueden exigirnos más plusvalía que la que corresponda a la transmisión del terreno que corresponderá a nuestra compra, es decir,no pueden variar ese importe por exceso.
Debemos solicitar a la constructora el justificante de pago del impuesto, y así ver si la cantidad que figura en él se corresponde con la que nos solicitan...también, ir al Ayuntamiento y comprobar la veracidad de las cantidades (para evitar que nos carguen los honorarios de la gestoría)
Otra cosa importante, es que nosotros NO DEBEMOS dar esa cantidad "en concepto de provisión de fondos" pues eso significa que se da para que la Gestoría actúe. Debemos darlo en concepto de "garantía" frente al pago,y después proceder nosotros al pago de la plusvalía y con el recibo de que está pagado, exigir a Pryconsa el reintegro íntegro de la cantidad dada(en caso de que lo demos en la firma de las escrituras, claro).
Un saludo.
 
G
Gelines
02/09/2004 19:09
Buenas tardes a todos, os mando un artículo que se ha publicado en el periodico de hoy, un saludo.

La OCU suspende a las promotoras
Es muy poco frecuente que el comprador de una vivienda reciba toda la información a la que por ley tiene derecho, algo que garantiza tanto que la compra se realice de forma segura y satisfactoria como que pueda reclamar en caso de posibles problemas. Apenas el 43% de las promotoras ofrecen una información aceptable. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha llegado a esta conclusión tras llevar a cabo una prueba práctica de forma anónima en 63 promociones inmobiliarias de diez importantes ciudades españolas.
Mucho ojo con... Entre las malas prácticas más habituales destacan:
–... dar una información muy deficitaria en relación a la fecha de inicio de obra y entrega de la vivienda. De hecho la mayoría directamente no entregaban documento alguno al respecto. El 70% de las promociones analizadas incurría en esta falta.
–... no facilitar datos registrables del solar ni información escrita de la entidad que garantiza las cantidades que el comprador entrega a cuenta. Algo en lo que incurrieron más del 60%.
–... negarse a entregar una copia del contrato de compraventa, o entregarlo únicamente cuando ya se ha efectuado la reserva y el consumidor ya ha adquirido un derecho de compra. Esto sucedió en el 59% de los casos.

¿Qué se puede hacer?
La OCU recomienda llevar a término todas estas actuaciones a la hora de afrontar la compra de una vivienda:
–Comprobar la situación jurídica del terreno en el registro.
–Revisar el documento de reserva y el contrato antes de entregar cantidad alguna. En ellos se incluye información determinante para la compra.
–Exigir los datos de las entidades que avalan las cantidades entregadas a cuenta y el certificado individual de aval o seguro.
–No aceptar, a menos que se desee, la subrogación obligatoria en el préstamo del promotor.
–Pedir que en el contrato figure la superficie útil de la vivienda.
–Guardar a buen recaudo la publicidad y la memoria de calidad.
–Solicitar que en el contrato figure la fecha de inicio y, sobre todo, de entrega de la vivienda.
–Conservar todos los documentos relativos a la vivienda durante los periodos de garantía que la ley estipula.
 

Fin del hilo
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