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Gelines
27/08/2004 10:14

Modo de cobrar PLUSVALÍA ILEGAL

¿Cómo podemos hacer frente al pago de la plusvalía en la compra de un terreno?

13.084 lecturas | 62 respuestas
Buenos días, sobre el tema del pago de la plusvalía, creo que aún podemos hacer algo al respecto. Vereis, Pryconsa nos pide la cantidad reflejada en la cartita para curarse en salud. Os explico: Como por ley la plusvalía corresponde a la parte vendedora, quiere asegurarse de que nosotros vamos a pagarla, porque si alguno no la paga, Hacienda, a quien va a reclamar es a Pryconsa, dándole igual que haya un contrato privado entre las partes que nos obligue a nosotros frente a ese pago. Es cierto que el contrato nos obliga a pagar el importe de la plusvalía, y ante eso, no podemos hacer nada porque los contratos tienen fuerza vinculante entre las partes y nosotros lo hemos firmado.
Pero lo que no está firmado en ningún lado es un contrato entre nosotros y la Gestoría. Seguramente Pryconsa sí lo tiene firmado (será un contrato de mandato), normalmente, en la firma de escrituras ante Notario, los que van son la Gestoría... pero hay que tener en cuenta que a nosotros no pueden exigirnos más plusvalía que la que corresponda a la transmisión del terreno que corresponderá a nuestra compra, es decir,no pueden variar ese importe por exceso.
Debemos solicitar a la constructora el justificante de pago del impuesto, y así ver si la cantidad que figura en él se corresponde con la que nos solicitan...también, ir al Ayuntamiento y comprobar la veracidad de las cantidades (para evitar que nos carguen los honorarios de la gestoría)
Otra cosa importante, es que nosotros NO DEBEMOS dar esa cantidad "en concepto de provisión de fondos" pues eso significa que se da para que la Gestoría actúe. Debemos darlo en concepto de "garantía" frente al pago,y después proceder nosotros al pago de la plusvalía y con el recibo de que está pagado, exigir a Pryconsa el reintegro íntegro de la cantidad dada(en caso de que lo demos en la firma de las escrituras, claro).
Un saludo.
 
G
Gelines
14/09/2004 16:40
Buenas tardes Ana_8 y a todos, te cuento, si la cantidad en concepto de provisión de fondos lo haces a nombre de Pryconsa, lo que te ahorras, son de momento los gastos de gestoría, ya que la van a asumir ellos, o por lo menos, es lo que dijo el Notario. Según ellos, los gastos de gestoría sólo ascienden a 60 € pero sinceramente, creo que ahora dicen eso para que pensemos que, total, por 60 €, no nos vamos a meter en problemas... Pero yo creo que ya no son los 60 €, (que por otro lado, prefiero gastarmelos de cañas, que dárselos a un Gestor que no he contratado) pero lo importante, es que Pryconsa va a asumir ese gasto. (y que 60 € por cada vecino, hacen un total de 19.020 €, y eso son más de 3 millones de las antiguas pesetas...) El tema de la impugnación, a mí me parece fantástico, pero la ley dice que primero has de cumplir con el contrato y luego puedes reclamar, pero no puedes hacerlo si incumples tu parte, por lo que no estaría nada mal, empezar a emprender acciones legales contra las constructoras en general, porque igual nos tiramos tres años con ello, pero creo que la legislación está cambiando y que tenemos posibilidades de crear jurisprudencia con este asunto.

Espero haberte ayudado, si no te
 

Fin del hilo
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