Tenemos derechos, creo que si las modificaciones son importantes podremos conseguir algo:
http://www.consumer.es/web/es/economia_domestica/tu_vivienda/compra/2004/01/28/94751.php "A veces, no se podrá optar por la resolución del contrato, pero sí por una indemnización, cuando por ejemplo el trastero o la plaza de garaje tenga menos metros cuadrados que los adquiridos, o el baño, aseo, salón u habitaciones a causa de alguna columna extraña resulten ser de menor superficie que la contratada."
El Artículo 1469 del código civil también nos ampara en cuanto a que se puede entender como reducción de la calidad del inmueble comprado el hecho de que se reduzca el tamaño de la piscina.
Voy a ser claro. No creo que consigamos que nos dejen la piscina como inicialmente estaba previsto, pero creo que debemos hacernos oir y defender nuestros derechos. Y cuanto antes, mejor.