Pues si la entidad con la que haces el préstamo, te obliga a que sea su gestoría la que lleve los tramites, entonces, tendrás que hacer una provisión de fondos por todos los gastos (AJJDD, Notaria, Registro, ...) y llevarlos el día de la firma de escrituras.
Pero si por el contrario, el banco te da libertad, tienes dos opciones:
1º contratar otra gestoria (por ejemplo el notario tiene la suya propia)y hacer la misma gestión que antes te he comentado.
2º hacer todos los tramites tu, por lo cual no tienes que pagar nada el día de la firma por estos conceptos. Con esta solución (si te la permiten, que no es habitual), te puedes ahorrar unos 200€), aunque con tanto dienro que vamos a soltar, no se si merece la pena perder el tiempo con papeleos y la posibilidad de que te equivoques en el tema del registro de la propiedad.
Espero haberte ayudado.