Lo mismo que le he contestado a gemacampos en el foro general.
El socio solicita la baja mediante burofax (con acuse de recibo y certificación de contenido) 1 foleo 23€ y el Consejo Rector tiene 3 meses desde que lo recibe para calificar la baja (Justificada, Injustificada, etc.). Si el socio debe alguna cantidad ( también cuentan los 3 meses de espera) la considerarán injustificada y serán 3 años el plazo para la devolución. Una vez que han pasado esos 3 meses y si el consejo rector no contesta, entonces se considera BAJA JUSTIFICADA y comienza a contar el plazo de 18 meses para la devolución de las cantidades.
Una vez que pasan los 18 meses, o 3 años en caso de INJUSTIFICADAS, se va uno al abogado (si sois varios mejor y más baratos) que sepa de cooperativas y realiza una demanda en los JUZGADOS DE LO MERCANTIL de cantidad. Lo normal es que os den la razón y hagan pagar a la cooperativa el importe principal adeudado más los intereses desde que pasan los 18 meses, y en algunas ocasiones las costas de juicio, dependiendo de si el juzgador ve indicios de dolo o mala fe en la parte de mandada (Cooperativa).
Creo que es suficiente información, y lo tenéis fácil. Por cierto no hagais nada raro en el juzgado, ni pedir medidas cautelares ni nada por el estilo, solo la demanda de cantidad, o de lo contrario complicaréis el procedimiento y lo alargaréis.
Editado por yipi1 18/02/2011 17:30