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A
ALN
21/05/2015 12:49

Requisitos VPPB

¿Cuándo se deben entregar los papeles de cumplimiento de requisitos VPPB en una cooperativa?

2.288 lecturas | 8 respuestas

Abro otro hilo, por si alguien me puede ayudar en este punto ya que no es exactamente de contrato.

 

En estos momentos se entregan ya todos los papeles de cumplimiento de requisitos VPPB, pero me surge una duda.

 

Solo se entregan en este momento o posteriormente es necesario la entrega de nuevo. Es decir, cuando debes cumplir los requisitos de acceso VPPB en una cooperativa.

 

Viendo las penalizaciones prefiero conocer todos los datos.

 

Yo he buscado el decreto ley  y pone esto:

 

"Los requisitos de acceso a la vivienda habrán de cumplirse a la fecha de suscripción del correspondiente
contrato privado de compraventa o título de adjudicación en los casos de primera transmisión de viviendas
calificadas  expresamente  para  venta  o  uso  propio,  en  la  fecha  de  celebración  del  contrato  de
arrendamiento  cuando  se  trate  de  la  cesión  de  uso  en  régimen  de  alquiler  de  viviendas  calificadas
expresamente  para  arrendamiento  o  arrendamiento  con  opción  compra,  y  a  la  fecha  de  solicitud  de  la
calificación provisional cuando se trate de de la promoción individual para uso propio."

 

Creo entender que es, en la firma del contrato que nos esta llegando estos días, para ser socios, y donde ya se especifica la adjudicación de una determinada vivienda.

Alguien lo tiene mas claro?

 

 
P
pantench
21/05/2015 13:15

ALN dijo:

Abro otro hilo, por si alguien me puede ayudar en este punto ya que no es exactamente de contrato.

 

En estos momentos se entregan ya todos los papeles de cumplimiento de requisitos VPPB, pero me surge una duda.

 

Solo se entregan en este momento o posteriormente es necesario la entrega de nuevo. Es decir, cuando debes cumplir los requisitos de acceso VPPB en una cooperativa.

 

Viendo las penalizaciones prefiero conocer todos los datos.

 

Yo he buscado el decreto ley  y pone esto:

 

"Los requisitos de acceso a la vivienda habrán de cumplirse a la fecha de suscripción del correspondiente
contrato privado de compraventa o título de adjudicación en los casos de primera transmisión de viviendas
calificadas  expresamente  para  venta  o  uso  propio,  en  la  fecha  de  celebración  del  contrato  de
arrendamiento  cuando  se  trate  de  la  cesión  de  uso  en  régimen  de  alquiler  de  viviendas  calificadas
expresamente  para  arrendamiento  o  arrendamiento  con  opción  compra,  y  a  la  fecha  de  solicitud  de  la
calificación provisional cuando se trate de de la promoción individual para uso propio."

 

Creo entender que es, en la firma del contrato que nos esta llegando estos días, para ser socios, y donde ya se especifica la adjudicación de una determinada vivienda.

Alguien lo tiene mas claro?

 

 

 

Si es asi en el contrato que firmas ahora. Por lo que si lo firmas antes del 30 de junio de este año es con las caracteristicas del año 2013. En el caso que realices a posteriori una modificacion de tu contrato.....imaginate....lo compras tu solo y cuando escrituarais decides meter a tu pareja.....se vuelven a mirar las condiciones otra vez y deberias cumpliarla segun marque la ley en ese momento.


Editado por pantench 21/05/2015 13:15
 

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