Buenas “caye”, gracias por el link, he estado “estudiándolo” un poco y buscando la disposición adicional segunda indica que puede ser la referencia interbancaria a un año, así que entra dentro de los parámetros legales, pero el punto siguiente al que has copiado “Que el tipo de interés aplicable durante el periodo inicial sea inferior al que resultaría teóricamente de aplicar en dicho periodo inicial el tipo de interés variable pactado para periodos posteriores” si me parece mas rebatible ya que sería más baja la cuota, de todos modos me lo voy a seguir mirando a ver si se puede hacer algo. Muchas gracias!!! Serian solo unos 0.08 menos pero oye, hay que intentar sacar el máximo posible.
Por otro lado, han vuelto a hablar del banco con la notaria, y que seguimos igual, que ya esta inscrito el fin de obra en registro pero no el tema de la división de las cargas…. En la notaria dicen que mañana estará que es lo que les han dicho en registro pero tampoco es seguro, el tema de que esto no este inscrito creo que afecta a todos los que no nos subrogamos.
Por otro lado, han solicitado las escrituras para verlas y resulta que Sando no ha enviado aun nuestra ficha a la notaria por lo que no pueden preparar nada… le ha facilitado nuestros datos para que solicite la ficha a Sando. Yo no se si esto será normal pero en el banco estaban un poco “alucinados”.
Los del lunes que no os subrogais, ¿vais a esperar al lunes?, si no esta inscrito mañana vais a ir a Sando a cambiar fecha (antes del lunes). No se, es que me parece una.... , si esperamos al lunes, o perdemos dia en el trabajo si no esta inscrito o cambiamos fecha, Sando cita corriendo sin tener los papeles en orden y los perjudicados somos nosotros y encima tenemos que avisar de cambio de fecha cuando es culpa suya que yo no pueda firmar el lunes... No se, estoy un poco cabreada con el tema ya hoy. Lo siento por la charla.
Saludos