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Olaa
20/01/2017 19:24

Póliza afianzamiento notaria

¿Qué cláusulas de las hipotecas son nulas según el Tribunal Supremo?

2.577 lecturas | 3 respuestas

Buenas tardes, nos han citado a unos cuantos por lo que entiendo para ir al notario y firmar. Copio una noticia:

A finales de 2015 una Sentencia del Tribunal Supremo consideró que son nulas las cláusulas que imponen al consumidor TODOS los gastos de formalización y constitución de hipotecas (Notaría y Registro) y el pago de los tributos que le corresponden al banco. 

Gracias a la hipoteca, el banco posee una garantía real y preferente que, en caso de impago, le permite promover la venta de la vivienda para satisfacer la deuda pendiente. La constitución de la hipoteca a favor del banco se realiza ante notario, se inscribe en el registro de la propiedad y está sujeta al pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados. Es el banco el mayor beneficiado de la formalización de la hipoteca, aunque sea el consumidor quien en la práctica paga todos los gastos. 

A modo de ejemplo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados ascendería a 2.550 euros para una hipoteca de 150.000 euros, con una responsabilidad hipotecaria de 255.000 euros y un tipo impositivo del 1% (en la actualidad oscila entre el 0,5% y el 1,5%, dependiendo de la Comunidad Autónoma donde radique el inmueble). A este impuesto, habría que añadir alrededor de 425 euros de gastos de notario y 125 de Registrado de la Propiedad. En total unos 3.100 euros que finalmente paga el consumidor por la abusiva imposición de los bancos. 

Tal y como afirma el Tribunal Supremo, son nulas las cláusulas que “imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados”. Esta sentencia afecta de forma  directa al Banco Popular y BBVA, pero el mismo criterio se puede aplicar a todas las hipotecas, pues es en la práctica casi la totalidad de hipotecas tienen una cláusula con efectos similares. 

 

Echarle un ojo pero creo que nos quieren hacer pagar lo que no nos pertenece pagar. Saludos 

 
T
Tab3r
03/02/2017 17:18

Hola a todos, 

Nosotros ya hemos ido a la notaría a firmar el afianzamiento.

En resumen: POSCAM ha pedido un crédito para comprar el solar y levantar nuestras casas. Como somo cooperativistas, nos repartimos entre nosotros la fianza de los 8 millones largos que han pedido. 

RIESGO: Si la empresa no termina de pagar el crédito, iran contra nosotros por cada una de nuestra partes (que es justamente el dinero que habrá que pagar de hipoteca). Este riesgo SOLO se presenta hasta que se entregen las llaves de los pisos, luego estamos liberados, ya que podemos subrogar la hipoteca con quien queramos y ademas… tenemos nuestras casa :).

Pero para nuestra tranquilidad POSCAM no puede desviar el dinero a otras partes ya que esta gestionado por el banco, Ibercaja. Por lo tanto, en la improbable situación que POSCAM se borre, el dinero lo tiene le banco, por lo que “teoricamente” el banco recupera el dinero, 

¿Y que saca POSCAM de todo esto?, pues el dinero que estamos adelantando ahora mismo, hasta la entrega de las llaves, ese dinero va para ellos, pero dicho dinero esta avalado por IberCaja, si POSCAM no construye, el dinero se nos devuelve.

Espero que alguno se haya aclarado con todo este tochazo.

OJO: Ni soy economista ni abogado, puede que lo que diga no sea correcto al 100%.

 
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Olaa
20/01/2017 20:01

La verdad que leo estas noticias , y estoy bastante perdido jeje.

¿ Alguien ha firmado ya con el notario ?

Por otro lado el edificio de enfrente el del lazo se quejaban bastante de las calidades "base" de sus pisos y prácticamente les obligaban a " mejora de calidades". 

A ver que pasa con los nuestros, he escuchado que alza trabaja bien, y que iban a empezar a mirar lo de las mejoras.

Saludos y paciencia

 
O
Olaa
20/01/2017 19:45

Solución: 

Cuál es la forma de proceder si el contrato contiene una cláusula por la que se atribuyen al consumidor todos los gastos, comisiones y tributos del préstamo con garantía hipotecaria?

En primer lugar deberá de hacerse una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente del Banco o Entidad con quien se contrató el préstamo hipotecario, o en su caso, de la nueva Entidad que se haya fusionado o haya absorbido a aquél a quien se le pidió el dinero para la constitución de la hipoteca (aquí puedes descargarte el modelo de reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca ).

Transcurridos dos meses desde dicha reclamación, haya contestado o no el Servicio de Atención al Cliente, y siempre que la respuesta, en caso de haberla, haya sido negativa, se podrá proceder a interponer la correspondiente demanda judicial ante el partido judicial del domicilio del prestatario o deudor o del domicilio social del Banco, indistintamente.

Lo que se ha de solicitar en la demanda que se plantee ante el Juzgado, será la nulidad de la cláusula por abusiva, y la restitución de los gastos abonados como consecuencia de dicho pacto, los que deberán de ir perfectamente documentados con sus correspondientes facturas. Por el tipo de procedimiento que se ha de interponer, será necesaria la intervención de Abogado y Procurador.

 

Fin del hilo
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