Hola vecinos, por alusiones, no sé si me expliqué bien del todo:
1/ me refería a las acciones contractuales en mi comentario (las que caben contra el que vende), pues efectivamente las acciones LOE nos valen a todos. Estoy con vosotros en que se están esmerando en hacer bien las cosas en VC, y seguro que su servicio posventa estará a la altura, dado que además VC se está creando (por lo que parece: calidades y atención a clientes) una marca de alto nivel en construcción de viviendas y querrá tener buenas referencias.
2/ la rebaja del AJD (esperemos que se confirme) sólo afecta a los que compren a VC, pues estas compras van con IVA + AJD. Los que compren a CX sólo pagan ITP (no AJD) , esperemos que al 6%.
3/ según me informaron a mi en hacienda (lo consulté expresamente antes de comprar) el reglamento IRPF (hay un articulo especifico) sólo permite que se puedan desgravar durante la obra los pagos efectuados al "promotor" de la vivienda, que creo que salvo error por mi parte es, según también me confirmaron, únicamente VC. Miradlo bien para evitar sustos y si estoy equivocado no dudéis en decídmelo.
Felices fiestas a todos!