Licencia primera ocupación y alturas de los techos
¿Cumple nuestra vivienda con la normativa de habitabilidad en cuanto a la altura del techo?
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Antes de nada un saludo a raul (carmenraul) que contactó con nosotros, nos comentó lo del foro y nos animó a escribir nuestra situación.
Nosotros hemos comprado un ático y en la única visita a la vivienda, además de los desperfectos varios que se pueden interpretar como normales (ó no, porque entre ellos había una humedad en el techo), nos llamó la atención el techo descolgado en el comedor.
Nuestro comedor tiene una altura libre de 2,19m en un tercio (aproximadamente) del total de la superficie del techo y el resto a una altura normal de 2,50m. En la comunidad valenciana existe una normativa sobre habitabilidad y diseño de viviendas (HD-91) que indica que la altura mínima libre es de 2,50m, admitiéndose un descuelgue máximo del 10% de la superficie de la habitación de 2,2m de altura (por ejemplo una viga descolgada). Aunque también menciona, que todas las alturas mínimas son exigibles a las superficies mínimas y es aquí donde nos surgen las dudas.
Agradeceriamos si alguien tuviera otro punto de vista ó alguna información que no hayamos tenido en cuenta, nos lo comentara.
Entre otros sitios, en la página del ayuntamiento está la HD-91, que según indica es aplicable para todas las viviendas independientemente de su régimen de protección.
Hablamos hasta en tres ocasiones con acciona inmobiliaria pidiéndole UNA SIMPLE EXPLICACIÓN AL RESPECTO, llegamos incluso a hablar con un técnico de calidad de acciona y no quiso darnos explicación alguna (incluso el trato dejó bastante que desear).
Ante la tomadura de pelo y la tocada de narices de acciona, fuimos a la oficina de licencias del ayuntamiento y pasamos por registro de entrada un escrito que explicaba lo que nos estaba ocurriendo. Además conseguimos hablar con uno de los dos técnicos municipales encargados de dar las licencias de primera ocupación, nos dijó que todavía no había visitado la promoción (porque iban desbordados de trabajo) y que tomaba nota del tema, todo esto que os comentó ocurrió a finales de diciembre.
Hasta la fecha no sabemos nada más.
Además de nuestro caso (que no sabemos si es particular ó pasa en más viviendas), hemos pensado en cuanto a todas las anomalías ó desperfectos, como medida de presión para que agilicen los arreglos, en remitir a AENOR (que es la empresa que les audita los sellos ISO de calidad, medio ambiente,...)los daños de lo que a nuestro modo de ver es una mala entrega de la vivienda, pero no sabemos hasta que punto esta medida tendría algún efecto, ¿alguien sabe sobre este tema?
saludos