Posibles reclamaciones
¿Cómo reclamar indemnización por incumplimiento de entrega de vivienda?
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Hola a todos ;
Es la primera vez que escribo en el foro, aunque mi mujer, forera nº 1, me tiene puntualmente informado de todas las novedades que afectan a las obras.
Por si os sirviera de ayuda, aunque a estas alturas todos sabemos muy bien lo que hacer, os comento lo siguiente:
En principio nosotros vamos a contestar la carta de COSARSA ; la enviaremos el día 2 de octubre, diciéndoles en primer lugar que con quien hemos contratado la compra de la vivienda es con ellos. Que el plazo de entrega ha finalizado, y que han incumplido con dicho deber. Que esa falta de entrega nos va a ocasionar una serie de perjuicios (alquiler, guardamuebles, etc...) que les acreditaremos y que deberán resarcir en el momento del otorgamiento de la escritura de compra venta.
Para el caso de que no nos indemnicen, tengo claro que iremos a por ellos judicialmente.
Para que las reclamaciones procedan y sean estimadas judicialmente debe acreditarse 1)el incumplimiento de la vendedora (en este caso entiendo que es claro e incluso reconocido en su carta)2) existencia de daño (hay que acreditar cada factura que se reclame), y 3)relación de causalidad entre el incumplimiento y el daño (no puede reclamarse cualquier cosa).
Os recomiendo que de ahora en adelante conservéis los justificantes de todo.
Respecto a reclamaciones conjuntas nos encontramos con un problema ; ellos no van a hacer tabla rasa y concedernos a todos la misma indemnización, entre otras cosas porque habrá vecinos más perjudicados que otros y sería injusto incluso de cara a nosotros mismos. En ese sentido negociar de manera conjunta va a ser complicado (o al menos eso creo).
Lo que sí puede hacerse, en caso de que no nos concedan las indemnizaciones que pidamos, es demandar conjuntamente ; los hechos son los mismos para todos, si bien las cuantías a reclamar serían distintas para cada vecino, en función de los gastos incurridos.
Desde luego lo mejor es que de manera amistosa se avengan a indemnizarnos los daños justificables.
Supongo que todo esto ya lo sabríais, pero bueno, si os ha servido de algo me alegro.
Saludos a todos.
Nacho