vale, eso significa que el cambio de titularidad se producirá para el año que viene. Te cuento como funciona esto. El IBI (impuesto sobre bienes inmuebles) se devenga el 1 de Enero, significa que este año lo paga la promotora. Cuando firmas la escritura, la notaria envia un parte a Catastro Urbano de Madrid. Ese parte se envia a finales del mes de JUNIO (más o menos) . Si la información de la notaria es correcta (datos del vendedor, referencia catastral, datos del comprador) se produce el cambio de forma automática. Si no es así tiene dicha información tiene que ser procesada de forma "manual" y si al final es correcta hacen lo que se llama "cambio de dominio" (cambio de propietario en cristiano). Esperaté un poco porque Catastro te enviará una carta comunicandote ese "cambio de propietario" dándote además un plazo para rectificar. Si no es así, no dudes y ponte en contacto conmigo.