Me cuesta creer que un técnico haya dado el visto bueno a la promoción tal y como está (aunque en el mundo de la construcción todo es posible), con defectos tan a la vista como:
- Ausencia de escaleras en la piscina (obligatorias).
- Accesos al garaje tapados con plásticos y cada vez mejor colocados, lo que indica que las inundaciones en los sótanos van a más, y tablones adheridos al suelo con cemento para que no caiga el agua por las escaleras.
- Cable de alta tensión dentro de la urbanización y sujeto por una escalera.
- No se han ajardinado las zonas ajardinadas, y además están encharcadas.
- Y lo que no se ve ...
Además de los motivos que comentáis para no firmar sin licencia de ocupación hay que tener en cuenta otros problemas que se pueden dar:
- Si sucede algún accidente dentro de la urbanización quién es el responsable de las consecuencias e indemnizaciones. Recordad que no se puede habitar y sólo debería permitirse el acceso al recinto a personal de obra. ¿Se haría cargo algún seguro, la gestora, o nos comeríamos el marrón nosotros?.
- Muy probablemente, al menos está sucediendo en otras parcelas, no tendremos el alta de la compañía eléctrica, por lo que tendremos que tirar de luz de obra. Pero la potencia que se contrata para obra es muy inferior a la que se necesita para cubrir las necesidades de un edificio habitado, por lo que tarde o temprano hay problemas de suministro. En otras parcelas del PAU sin licencia ha sucedido que en cuanto ha llegado el frío y la gente ha empezado a tirar de calefacción eléctrica se han quedado sin luz.
- ¿Cómo se regirá y mantendrá el edificio?. Una vez adjudicados las viviendas dejamos de formar parte de la Cooperativa para convertirnos en Comunidad de Propietarios. Ni la gestora ni el Consejo Rector están legitimados para firmar nada ya que legalmente corresponde a la Junta Directiva y Asamblea General de Propietarios. ¿Quien nos garantiza que no tendremos que empezar a pagar cuotas de comunidad mientras no podamos habitar las viviendas?.
- Pero además ¿qué sucede si unos firman la entrega del piso y otros no?.
- Es de suponer que cuando se entreguen las viviendas la gestora cobre la totalidad de lo que le quede por cobrar, y tendrán menos interés, al menos económico, en solucionar nuestros problemas, como arreglar desperfectos o tramitar requerimientos para licencia de primera ocupación, tal y como está sucediendo en la parcela pequeña.
Por otro lado no entiendo porqué no hemos hecho la segunda visita a las viviendas que nos habían prometido para comprobar si han arreglado los desperfectos y que, según dijeron, fue anulada porque la entrega iba a tener lugar antes de lo previsto, es decir en septiembre. Están utilizando con nosotros la estrategia de poner la zanahoria delante del burro. Nos hacen ver que tenemos cerca los pisos, cual zanahoria, para que, mientras nos obsesionamos en seguirla y conseguirla, no nos demos cuenta de todo lo que sucede alrededor. Debemos ir a por la zanahoria pero en el momento y en la forma que nos interese a nosotros no a ellos.
Y ya de paso os informo que en el foro general han dejado una noticia publicada en El País sobre una sentencia que ha dictado un juzgado condenando a una gestora del PAU a indemnizar a los adquirentes de vivienda por los retrasos en la entrega. Resumo lo más interesante:
- A quienes se han convertido en autorpromotores – al integrarse en cooperativas o comunidades de bienes – la sentencia les muestra que pueden denunciar a su gestora si incumple el contrato.
- La sentencia da la razón a los reclamantes en cuanto que la gestora es un verdadero promotor.
- Una sentencia del Tribunal Supremo establecía que las gestoras de cooperativas y comunidades de bienes actúan como verdaderas promotoras con lo que desapareció el corsé que suponía que los cooperativistas o comuneros considerasen que si acudían a la vía judicial para denunciar al gestor se denunciaban a sí mismos.
- La Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid ha incoado un expediente sancionador contra la gestora por incumplimiento de contrato, así como por deficiencias en zonas comunes y posible incumplimiento de normativa.
- Por defectos de la construcción la comunidad de propietarios en pleno ha puesto una denuncia en un Juzgado de Primera Instancia de Madrid, que ha sido admitida a trámite, en la que se convoca no solo a la promotora sino también a la constructora y a los técnicos intervinientes.
Saludos