Vamos a ver si me explico mejor: si la promoción es de vivienda protegida son necesarias dos autorizaciones administrativas, la calificación definitiva que emite la Comunidad de Madrid y la licencia de ocupación del Ayuntamiento.
Si no es vivienda protegida sólo necesitas licencia de ocupación.
Para emitir la licencia de ocupación es imprescindible que esté concedida la calificación definitiva, por lo que es posible que tengáis la calificación aunque no esté concedida la licencia de ocupación.
Y si es así, podéis contratar servicios. Ahora, si no tenéis calificación definitiva ni licencia de ocupación no podéis contratar nada, al menos en teoría.
Y si vuestra parcela necesita centro de transformación la cosa se puede complicar mucho de cara al alta de de la luz.
Por cierto, que envidia de jardín.
Saludos.