Hola amigos y amigas, os queria comentar que, como casi todos, he acudido a la CAI para que me contaran las condiciones de la y hipoteca, sé que hay un hilo abierto sobre ello, pero al querer comentarios algo especifico y muy importante, he preferido abrir un nuevo hilo: Os queria comentar algo sobre la OBLIGATORIEDAD DEL SEGURO DE VIDA DE AMORTIZACION.
Estando alli me comentó una de las mujeres de la CAI que era obligatorio el contratar el seguro de vida de amortizacion al menos en un 50% durante el primer año, me lo dijo en un par de ocasiones durante esa misma entrevista... (Como veo, a todos igual...)
Yo la verdad que no estaba muy conforme, es entorno a 150€ anuales por algo que, si falleces o bien lo pagan tus herederos o bien (creo que ya está aprobada la ley hace no mucho) en caso de impago, el banco se queda con la vivienda. Esa reticencia en ese seguro y su obligatoriedad para contratarlo me hizo meditar un poco, y durante la entrevista me preguntó que si tenia alguna duda...
Tenia una, yo estaba con el contrato de compraventa (En el que viene las condiciones de la hipoteca) Al no ver nada sobre eso levanté la mirada y le pregunté donde viene estipulado la contratacion obligatoria de ese seguro, su ruespuesta... "Bueno...obligatorio obligatorio...no es. Aunque si muy recomendable por bla bla bla..." Ya le dije que gracias pero en ese caso era una contratacion de las que descartaria.
Os lo comento para que esteis al tanto, que aqui el que no corre vuela...
Si os parece, aparte de debatir quien quiera, abrimos este hilo sobre avisos que debamos saber sobre esta hipoteca y entidad en cuestion.
Un Saludo.