Hola a todos...
Comentando el tema con gente en situaciones parecidas, me han pasado el link a la pagina del ayuntamiento donde viene todo lo relacionado con este asunto.
Le he echado un vistazo y efectivamente lo que dice mnp esta de acuerdo con la "Normativa del Plan General" (articulo 6.10.6. Modificación de fachada). No hay problema en cerrar la terreza, ya que es interior al edificio, lo único es que se deben de poner deacuerdo todos los vecinos en el tipo del cerramiento, para que sea igual.
Os incluyo el link a este documento.
http://www.urbanismo.munimadrid.es/Visualizador/VisualizadorDocs.do?ID=115&IE=337 Tambien incluyo el articulo del documento donde dice lo del cerramiento de terrazas:
""Artículo 6.10.6. Modificación de fachadas (N-2)
1. En edificios no catalogados, podrá procederse a la modificación de las características de una fachada existente de acuerdo con un proyecto de edificación adecuado que garantice un resultado homogéneo del conjunto arquitectónico y su relación con los colindantes.
2. Se podrá autorizar el acristalamiento de terrazas existentes de acuerdo con las determinaciones de un proyecto del conjunto de la fachada, que deberá presentar la comunidad o el propietario del edificio.En casos justificados, podrá el Ayuntamiento hacerse cargo de la elaboración de este proyecto de diseño de conjunto de la fachada, repercutiendo su coste en las licencias correspondientes.
En ningún caso podrán cerrarse zonas de terrazas que no estén actualmente cubiertas.El acristalamiento será siempre con superficies verticales.
3. En edificios en que se hubieran realizado cerramientos anárquicos de terrazas, el Ayuntamiento podrá requerir para la adecuación de las mismas al objeto de ajustarlas a una solución de proyecto unitario.
4. En edificios existentes, no cabrá autorizar la instalación de capialzados exteriores para persianas enrollables, o toldos, salvo que exista acuerdo del conjunto de propietarios del inmueble, para colocar idéntica solución en los huecos.""
Saludos a todos...