Maite. chechu, no hables de una cosa cuando la desconoces. Los coeficientes están para repartir las cuotas de la comunidad, y para la suma de ellos en las dististas mayorias que se pueden dar en acuerdos comunitarios.
Si no de que, el que tenga una casa más grande que los demás a pagar más y nada más, es decir, tienes obligaciones pero no derechos. Además no es que lo diga yo, que cuando hablo es con conocimiento de causa, lo dice la ley.
LEGISLACION Y NORMATIVA
Legislación básica de Comunidades de Propietarios
LEY 49/60 DE PROPIEDAD HORIZONTAL
---------------------------------------------------------
Artículo 19
3ª. Para la validez de los demás acuerdos bastará el voto de la mayoría del total de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.
En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez, más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.
http://www.comunidades.com/comunidades/legislacion/reforma_lph.htm ----------------------------------------------------------
Os invito a que lo leais, yo ya lo tengo impreso, es un resumen muy interesante de la ley de propiedad horizontal, y por favor la proxima vez no seamos borregos y digamos a todo si a los que dice la administradora. Utilicemos voz, voto y la ley, que luego vienen los lloros y las quejas por no hacer las cosas como se tenían que haber hecho.