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alxam76
20/04/2005 16:42

ATENCIÓN!!! Préstamo EMV!!! - Todas promociones

¿Cómo afecta la subrogación a la hipoteca en las limitaciones de venta-alquiler de la EMV?

1.936 lecturas | 5 respuestas
Vecinos,

A la pregunta de gemonvaz en el mensaje Encuesta Hipoteca Sanch VII:

"...Bueno a lo que iba, entiendo más o menos que en 10 años no se puede disponer del piso ni vender ni alquilar ni nada de nada. Personalmente me parece perfecto, pero claro dime tu a mí que familia, compañero/a, hijos/as puedes meter en 40 metros. Pero mi pregunta es otra, está limitación creo que crece a 15 años si subrogas el credito en condiciones ventajosas que ofrece la EMV. Es estoy así o en cualquier caso la condicion de piso protegido dura 15 años..."

Yo había leído algo sobre este tema en el contrato también. ¿Alguien sabe si afecta el que nos subroguemos a la hipoteca que pasen a 15 años (en vez de 10) las limitacionesa alquiler/venta por parte de la EMV? La verdad es que el tamaño de las familias irán creciendo con el tiempo y se quedarán los pisos pequeños, 15 años ya es una pasada... ¿Sería una buena idea subrogarse al "maravilloso" préstamo de ser esto cierto?
Quizá nos esté colando la EMV un gol por la escuadra ya que el péstamo tampoco es muchísimo mejor que los que hay en el mercado y nos incrementarían las restricciones a la disposión libre del piso o el control de la EMV sobre nuestro pisos a 5 AÑAZOS MÁS...

¿Sabe algo alguien sobre esto?

Un saludo.
Alx.
 
E
ELKILLER
17/05/2005 17:02
PERDONAD POR DECIR LO MISMO QUE LOBO PERO ES QUE HABIA LEIDO EL MENSAJE Y DESPUES ME HABIA REENGANCHADO AL FORO SIN LEER LAS CONTESTACIONES.
UN SALUDO
 
E
ELKILLER
17/05/2005 16:56
HOLA A TODOS

YO CREO QUE EL PRESTAMO EN CUESTION QUE TENGAN NO INFLUYE EN LO DE LA VENTA Y ALQUILER DE TU VIVIENDA PROTEGIDA. LO QUE SI AFECTA ES PARA LAS AYUDAS.

LOS DIEZ PRIMEROS AÑOS PUEDES VENDER EL PISO SI QUIERES Y CUMPLES ALGUNA DE LOS REQUISITOS QUE HAY PARA ELLO ENTRE OTRAS QUE TU FAMILIA AUMENTE, QUE TE SEPARES, ETC. PERO LA EMV DURANTE ESOS DIEZ AÑOS DISPONE DE DERECHO DE TANTEO POR LO QUE SE LO PUEDE QUEDAR RECOMPRANDOTELO POR EL PRECIO QUE TENGA LA VPO EN ESE MOMENTO DE VENTA.

DE 10 EN ADELANTE TU PUEDES VENDER EL PISO POR LAS MISMOS REQUISITOS QUE ANTES, LO UNICO QUE LA EMV YA NO TIENE OPCION DE TANTEO SOBRE EL PISO. PERO NO LO PUEDES ESCRITURAR POR MAS DEL VALOR DEL PISO (VPO) EN ESE MOMENTO.

A LOS 15 AÑOS TU TIENES LA OPCION DE DESCATALOGAR TU VIVIENDA Y PASAR DE VPO A VIVIENDA LIBRE PAGANDO LO QUE TE PIDA EL AYUNTAMIENTO POR ELLO (ESTAMOS HABLANDO DE MILLONES). DESPUES TU PUEDES VENDERLO POR LO QUE SE TE PONGA EN GANA Y ESCRITURARLO POR LO MISMO QUE LO VENDES.

UN SALUDO.
 
M
MOYA
17/05/2005 15:53
Hola,
aparte de lo que comenta lobo , a mi me parecio entender en el contrato que cabía otra posibilidad.
Es el caso de que se venda la vivienda antes de descalificarla y no se avise a la EMV para que ejerza el derecho de tanteo , en este supuesto el vendedor debería de dar a la EMV el 20% del valor de venta del piso y así en sucesivas ocasiones hasta que la vivienda quedase descalificada.
No sé tal vez lo entendí mal .
Saludos.
 
L
lobo
17/05/2005 15:41
Yo lo que tengo entendido es que la protección de una vivienda protegida se extingue automáticamente a los 20 años. Si quieres venderla antes tienes los siguientes supuestos:
1.- ANTES DE LOS 10 AÑOS: No es posible vender la vivienda a ningún precio a no ser que se den circustancias especiales: que la vivienda no se adecúe al nº de miembros de la unidad familiar, que te trasladen en el trabajo a otra localidad,..(y otros casos a aprovar por la autoridad competente). En alguno de estos casos puedes vender la vivienda pero a precio del módulo que marque la Comunidad de Madrid en el momento de la venta. En este periodo de 10 años la EMV tiene el derecho de tanteo, es decir que puede ejercer el derecho de comprarte ella la vivienda. Hay que devolver las ayudas recibidas por vivienda protegida y cancelar el préstamo cualificado (si se ubiese solicitado).

2.- ENTRE LOS 10 Y LOS 15 AÑOS: Una vez pasados los 10 años puedes vender la vivienda sin necesidad de una justificación pero el precio ha de ser a lo que marque el módulo de la Comunidad de Madrid en ese momento. Hay que devolver las ayudas recibidas por vivienda protegida y cancelar el préstamo cualificado (si se ubiese solicitado).

3.- ENTRE LOS 15 Y 20 AÑOS: puedes solicitar voluntariamente la descalificación de tu vivienda protegida y venderla al precio que quieras. Hay que devolver las ayudas recibidas por vivienda protegida y cancelar el préstamo cualificado (si se ubiese solicitado).

4.- PASADOS LOS 20 AÑOS: se extingue automáticamente la protección por lo que puedes vender la vivienda al precio que quieras y no tienes que devolver las ayudas. El préstamo cualificado llega a su fin a los 20 años por lo que ya estaría vencido.

Yo pregunté hace tiempo a la EMV si influía o nó el subrogarse al crédito cualificado para poder desproteger la vivienda antes y venderla a precio libre y me dijeron que nó, que sólo se puede solicitar la descalificación de vivienda protegida pasados los 15 años en cualquiera de los casos. Espero haber ayudado. No obstante si alguien tiene otra información que la diga. Saludos.

 
L
LYPSanchinarroXI
17/05/2005 15:16
Buenas alxam76
Yo no se como serán los préstamos que la EMV os ha ofrecido, pero te puedo asegurar, que en mi caso el prestamo supera en condiciones a los más baratos que he visto, amen de que no sube con el Euribor, sino que lo revisa el gobierno cada 5 años. De hecho, nosotros firmamos escrituras en diciembre y ya nos han bajado los tipos de interés.
Yo no se tú, pero yo me pensaría lo del préstamo

Chao
 

Fin del hilo
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