articulo 17.3 en su parrafo segundo:
"Las multiples fincas a nombre de un único propietario tienen derecho a un único voto con la suma de los coeficientes de todas las propiedades"
habria que consultar esto, por que quien me ha dicho esto, le pasaba lo mismo en su finca que a nosotros con la constructora, y de esta forma ya no tienen la dictadura en las juntas.