Yo tengo alguna duda más...
En la guia "Informativa de DESCALIFICACION DE VIVIENDA" de la Comunidad de Madrid tambien viene lo siguiente:
Duración del régimen legal de Protección Pública en VPP:
- Si ha obtenido un préstamo convenido previsto por el Real Decreto 801/2005, la duración del régimen legal será de 30 años, desde la Calificación Definitiva, sin posibilidad de descalificación voluntaria.
...
Para solicitar y obtener la Descalificación:
- Se podrá solicitar la Descalificación una vez transcurrido un mínimo de 15 años desde la Calificación Definitiva.
- Que el préstamo cualificado obtenido para la vivienda, en su caso, haya sido amortizado totalmente o haya sido novado (cambio de cualquier condición esencial del préstamo cualificado) previamente en un préstamo libre.
- Para obtener la Descalificación, el interesado tendrá que restituir el importe de la totalidad de las Ayudas económicas directas percibidas y, en su caso, el importe de las bonificaciones y/o exenciones tributadas con sus intereses legales correspondientes.
...
- Si se hubiese obtenido un préstamo convenido, el régimen de protección no tendrá posibilidad de descalificación voluntaria durante la vida útil de la vivienda, considerado éste un periodo de 30 años.
-- > Yo tengo como grandes dudas:
1.-
Se habla de préstamo convenido y de préstamo cualificado. En el "Plan Estatal 2005-2008" tan solo hace referencia al un tipo de préstamo: "el convenido" de duración creo que 25 años y a un tipo de interes fijo y establecido por el ministerio de la vivienda cada año.
No he visto por ningun sitio la definición de lo que es un "prestamo cualificado" -- > ¿Que es un prestamo cualificado? y ¿Que diferencias hay con un préstamo convenido?...
2.-
Se habla que la vivienda esta en régimen legal de VPP durante 20 años y tb que se puede pedir la Descalificación a los 15 años. Tengo 5 años que no me cuadran. Supongo que se puede pedir a partir de los 15 años pero que despues hay que esperan 5 años para que sea libre (siempre y cuando cumplas las condiciones de prestamos cualificado y la devolución de las ayudas...)
Enlaces de ayuda:
(El Real Decreto 801/2005 ó "Plan Estatal 2005-2008 para favoracer el acceso de los ciudadanos a la vivienda" -- >
http://www.madrid.org/cs/Satellite?MD=Normativa&MI=1142328034867&c=OVIC_Normativa_FA&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM&language=es&cid=1142328355842 )
(enlace a la guia de DESCALIFICACION -- >
http://www.madrid.org/cs/Satellite?MI=1109267999922&c=OVIC_InfGen_FA&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM&language=es&cid=1142311329051 )
(enclace al Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid -- >
http://www.madrid.org/cs/Satellite?MD=Normativa&MI=1142328034867&c=OVIC_Normativa_FA&pagename=OVICAM%2Fhome_OVICAM&language=es&cid=1142328354931 )