Volver al foro
brujabrujita
brujabrujita
24/02/2010 12:51

Contrato

¿Cuándo recibiremos el borrador del contrato aprobado por la Comunidad de Madrid?

7.497 lecturas | 74 respuestas
Hola a todos!!!
El lunes hable con Nuria y me dijo que ya tenían el borrador del contrato aprobado por la Comunidad de Madrid.
Que en cuanto lo tuviesen listo nos lo hacían llegar para que le fuésemos echando un ojo.

Por lo demás que no tenían nuevas noticias sobre la calificación definitiva.
 
M
MISSHA
05/03/2010 15:20

Hola!!

Ya he hablado con los abogados, y está revisado el contrato.

Respecto al Tema que me comentabas Esther del Banco Santander, lo que indica en ese punto es que Aldesa tiene una hipoteca con ellos y que cuando se adquiera la vivienda se cancela, simplemente es información que legalmente tiene que facilitar. Cuando adquiramos las viviendas, la hipoteca la podemos solictar con cualquier banco.

- Respecto al Tema de suministros, en contrato se establece que el alta corre de nuestra parte, me dice el abogado que esto es correcto, la Ley de arrendamientos urbanos no dice nada en este punto, se supone que se llega a un acuerdo con el propietario y es totalmente legal que nso lo hagan pagar (aunque si pienso que abusivo). Algo que a mi no me habían dicho en Aldesa, es que también tenemos que pagar el IBI en un solo recibo anual y cualquier otro impuesto (en Torrejón creo qu enohay basuras ni nada de eso, sino también lo pagamos  nostros).

Cosas que me recomiendanq ue pidamos que nos cambmien:

En la Claúsula Quinta: se estable un alquiler de 7 años, con lo que no nos dan lugar a hacer renovación anula como establece el Art. 9 de la LAU, que dice que se hará renovaciones anuales hasta los 5 años. Me recomiendan que pidmaos que se especifique en el contrato si tenemso o no el derecho a dejar el alquiler al año de ocntrato y con el mes de preaviso, sino nos dan esa opción que también lo pongan para que quede constancia de todo.

En la Septima Claúsula pone que la renta se actualizará al alta, según el Art. 18 de la Lau la renta varía anulamente pero no solo al alza tmbaién ala baja, es decir, en el contrato se da a entender que si sube el IPC nos suben el alquiler, pero y si baja como este año?? no baja el alquiler?? La Ley les obliga a esto.

También que dejen constancia si a los 7 años, no se ejerce el derecho a compra  ¿No vamos??¿podemos seguir de alquiler??

Respecto a la 2ª Plaza de garaje, dicen que no sirve de nada firmar como no conforme en un contrato, si lo firmas, aceptas todo, y no te sirve para reclamar luego.

Un saludo
 

 

Fin del hilo
Mensajes Relacionados
  • 17 (2009)
    © 2002-2025 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 C/ Roger de Lluria, 50 - P.1 08009 Barcelona
    Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal y Política de Privacidad  |  Política de cookies  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter