Estimada amiga: en los estatutos de la cooperativa viene reconocido el hecho de abandonar la misma, lo que te deben devolver etc..., creo recordar que la cooperativa podría retener cierta cantidad, pero..., de momento vecina, no lo han hecho en ninguno de los casos en que los vecinos se han dado de baja, devolviéndoles la cantidad total de su aportación..., también puedes realizar la cesión de tu vivienda a otra persona que conozcas, o con la que quedes, indicándoselo a la Cooperativa por escrito y facilitando los datos de dicha persona, teléfono, nombre contacto etc etc., pero... piensa que normalmente la COOPERATIVA (también viene reconocido en los estatutos) tiene el derecho de tanteo primero... es decir, puede entregar dicha vivienda a otro cooperativista que tengan en espera ..., apuntado a la promoción por si alguien se da de baja... Deberías consultarlo directamente con ECOVI y con el Gestor y suerte...
Y siento que abandoneis el barco, como tu dices, en estas fechas en que casi es tangible la entrega, en cualquier forma ha sido un placer tenerte por este foro como sufridora...
Saludos cordiales y suerte
Pedro